Resolución 49/2015

Fecha de disposición11 Febrero 2015
Fecha de publicación03 Marzo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33081

Bs. As., 11/2/2015

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la “EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA” (“EDESUR S.A.”) por el incumplimiento de sus obligaciones respecto del relevamiento y procesamiento de la información que permite evaluar la calidad del servicio técnico en el vigésimo noveno semestre de la Etapa 2 (1 de setiembre de 2010 al 28 de febrero de 2011), de acuerdo a lo previsto en el punto 5.5.2 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión, con una multa de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON 18/100 ($ 10.315.925,18), de conformidad con lo expuesto en los Considerandos de esta Resolución. 2.-La multa establecida en el Artículo 1 de la presente Resolución, deberá ser depositada en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos en la cuenta abierta de conformidad a la Resolución ENRE N° 171/2000 dictada el 15 de marzo de 2000, y acreditarla oportunamente a los “usuarios activos” en los términos previstos en la citada Resolución, bajo apercibimiento de ejecución. 3.- “EDESUR S.A.” deberá entregar al ENRE, copia firmada por representante o apoderado de la Distribuidora, de la documentación de respaldo del depósito al que se refiere el Artículo 2, dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos contados a partir de efectuados los mismos, bajo apercibimiento de ejecución. 4.- Instruir a “EDESUR S.A.” para que proceda a bonificar las sanciones que según el cálculo realizado por el ENRE resultan mayores que cero (0) y nulas según el de la Concesionaria, con relación a la orden de cálculo de bonificaciones dictada en la Resolución ENRE N° 422/2011, referidas a los apartamientos a los indicadores de la calidad del servicio técnico en el vigésimo noveno semestre de la Etapa 2 (1 de setiembre de 2010 al 28 de febrero de 2011) establecidos en el punto 3.2 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión. El monto total asciende a la suma de PESOS OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 85/100 ($ 8.975,85) y corresponde a DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE (239) usuarios indicados en el archivo “BONI_1.mdb” incluido en el CD-ROM de datos que acompaña al Informe Técnico de fojas 318 y siguientes, de conformidad con lo expuesto en los Considerandos de esta Resolución. 5.- Instruir a “EDESUR S.A.” para que proceda a bonificar las diferencias de montos en los casos de sanciones calculadas por la Concesionaria inferiores a las determinadas por el ENRE, con relación a la...

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