Resolución 486 - E.

Fecha de disposición01 Diciembre 2016
Fecha de publicación01 Diciembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 486 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 25/11/2016

VISTO el Expediente Nº S02: 0085647/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 13.064 y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N°22.520 (texto ordenado por Decreto N°438/92) y sus modificatorias, el Decreto N° 8 del 4 de enero de 2016 y el Decreto N°375 de fecha 18 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 13.064 establece en su Artículo 2 que las facultades y obligaciones que establece dicha ley podrán ser delegadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en autoridad, organismo o funcionario legalmente autorizado.

Que por el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modifica la ley de Ministerios Nº 22.520 creándose el MINISTERIO DE TRANSPORTE y se establece que ejercerá las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia.

Que en función de las competencias asignadas a este MINISTERIO DE TRANSPORTE, por el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016 se reordenaron los objetivos de esta Cartera de Estado, estableciendo la conformación organizativa de los niveles políticos de este Ministerio.

Que por Decreto Nº 375 de fecha 18 de febrero de 2016 se delegaron en el MINISTERIO DE TRANSPORTE las facultades y obligaciones determinadas por la Ley Nº 13.064 para la contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios que revistan el carácter de obra pública, y para la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas, en el ámbito de su competencia.

Que esta delegación implica la necesidad de arbitrar los medios y establecer los procedimientos adecuados para garantizar el sostenimiento de la actividad y el empleo en el sector.

Que, en tal sentido, resulta necesario generar ámbitos de intercambio de información así como de seguimiento de los avances en dicha materia, que faciliten la articulación entre los distintos actores del sistema y generen certidumbre entre las partes y previsibilidad en sus proyectos.

Que en consecuencia, se considera pertinente crear con carácter "ad hoc", la COMISIÓN DE SEGUIMIENTO OPERATIVO DE LA OBRA PÚBLICA DE TRANSPORTE en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que conforme a lo establecido en el citado Decreto N° 8/2016, la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, tiene entre sus competencias...

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