Resolución 485/2015

Fecha de disposición13 Julio 2015
Fecha de publicación21 Julio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33175



MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 485/2015Bs. As., 13/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0051544/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que las empresas listadas en el ANEXO que integra la presente resolución, han comunicado haber asumido respectivamente la titularidad de los establecimientos que se encontraban incorporados al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como GRANDES USUARIOS MENORES (GUME’s).

Que las mencionadas empresas solicitan su habilitación para seguir actuando con continuidad en dicho Mercado, como nuevos titulares y en el mismo carácter que los anteriores titulares de los establecimientos citados.

Que los correspondientes generadores del MEM han manifestado haber dado continuidad a los contratos de Suministro de Energía firmados originariamente con los anteriores titulares para cada uno de los establecimientos mencionados.

Que la presentación de las solicitudes respectivas ha sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 32.361 de fecha 20 de marzo de 2012.

Que no se han presentado objeciones derivadas de dicha publicación.

Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la citada Subsecretaría han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

— Autorízanse los cambios de titularidad de los establecimientos que se indican en el ANEXO que integra la presente Resolución, dando continuidad a la habilitación otorgada oportunamente para actuar como agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en su condición de GRANDES USUARIOS MENORES (GUMEs).

ARTÍCULO 2°

— Establécese que las empresas distribuidoras que se encuentran nombradas en el mencionado ANEXO, deberán seguir prestando a los nuevos agentes la FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE (FTT) que le efectuaban a los anteriores titulares en los puntos...

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