Resolucion 48

Fecha de publicación29 Mayo 2008
Fecha de disposición29 Mayo 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31415

CONCURSOS OFICIALES Nuevos REMATES OFICIALES Nuevos MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Convócase a selección en el marco del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA) para la cobertura de vacantes conforme al siguiente detalle:

Sistema de Selección Abierto. Podrán participar postulantes provenientes del ámbito público y/ o privado.

DIRECCION DE CEREMONIAL Y RELACIONES INSTITUCIONALES Identificación del puesto: Asistente Técnico Administrativo Cantidad de Cargos: 1. Agrupamiento: General. Nivel: D. Remuneración: $1.896,54. Lugar de Trabajo: Nº 31.415 11Jueves 29 de mayo de 2008

Que respecto a la captación de inversiones y utilización de beneficios, la Instructora señaló que la empresa captó inversiones, no constando la aplicación de las mismas en los términos del Decreto Nº 1232 de fecha 30 de octubre de 1996 y su modificatorio.

Que en relación a la localización del proyecto, la sumariante manifestó que la empresa realiza sus actividades en la localidad de Pampa Almirón, Departamento Libertador General San Martín de la Provincia del CHACO, debiendo desarrollar su proyecto en el Departamento de Bermejo, Provincia del CHACO.

Que conforme lo informado por la Dirección de Planificación, Capacitación y Evaluación del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la Provincia del CHACO surge que la empresa no solicitó el cambio de localización, no habiendo un acto administrativo que lo hubiere aprobado, motivo por el cual la empresa no está cumpliendo el proyecto en la localización aprobada en su norma particular.

Que asimismo la sumariante sostuvo que los Gobiernos Provinciales gozan de las facultades discrecionales necesarias para modificar los respectivos cronogramas en la medida que dicha modificación se efectúe en forma concomitante con el cronograma de aplicación de capital, sin embargo, las prórrogas de puesta en marcha no pueden ser resueltas por el Gobierno Provincial por cuanto no existe delegación en tal sentido.

Que en consecuencia, corresponde sancionar a la empresa con las medidas dispuestas en los Artículos 15 y 17 de la Ley Nº 22.021 y sus modificatorias.

Que en virtud de los incumplimientos detectados corresponde aplicar a la sumariada una multa del DIEZ POR CIENTO (10%) sobre el monto de la inversión total comprometida del proyecto aprobado por el Anexo I del Decreto Nº 1496 de fecha 30 de diciembre de...

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