Resolución 48/2021

EmisorAGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
SecciónResoluciones
Fecha de publicación05 Febrero 2021


Ciudad de Buenos Aires, 03/02/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-03681628-APN-DRPD#AND del registro de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD y, la Ley N° 19.279, y sus normas sus modificatorias, el Decreto Reglamentario Nº 1313/93 de fecha 24 de junio de 1993 y sus normas complementarias y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el dictado del Decreto N° 698/17 y su norma modificatoria se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que tiene a su cargo el diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad y la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad.

Que a través del Decreto N° 868/17 y su modificatorio se creó, en la órbita de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, el Programa Nacional “PLAN NACIONAL DE DISCAPACIDAD”, cuyo objetivo es la construcción y propuesta de políticas públicas tendientes a la plena inclusión social de las personas con discapacidad, contemplando los principios y obligaciones comprometidos por medio de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la Ley N° 26.378.

Que, el Decreto N° 95/18 en su artículo 5° suprimió al Servicio Nacional de Rehabilitación, transfiriendo a la órbita de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD sus responsabilidades primarias y acciones, créditos presupuestarios, bienes, personal y dotaciones vigentes a la fecha.

Que atento lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 19.279, modificada por las Leyes N° 22.499 y 24.183, el objeto del régimen legal es facilitar, a las personas con discapacidad comprendidas dentro del mismo, la adquisición de un automotor para su uso personal.

Que el artículo 5° del Decreto N° 1313/93 establece que la autoridad de aplicación designará una Junta Médica la que determinará si el peticionante –previa evaluación personal y de sus antecedentes médicos- se encuentra comprendido en el Artículo 1° del presente decreto.

Que mediante Decreto Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020, normas modificatorias y complementarias, se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de su entrada en vigencia.

Que por medio del Decreto N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020, sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR