Resolución 477-E.

Fecha de disposición24 Mayo 2017
Fecha de publicación24 Mayo 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 477-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2017

VISTO el Expediente Nº 1.711.373/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 148/149 luce un acuerdo celebrado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL por el sector sindical, y la ASOCIACIÓN INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 590/10, de acuerdo a las disposiciones de la ley N° 14.250 (t.o. 2004) de negociaciones colectivas.

Que el acuerdo establece la posibilidad que las mujeres trabajadoras de la actividad sean liberadas a las 13 horas del día 8 de marzo de 2017 para participar en las actividades y movilizaciones organizadas en torno a la convocaría del "Paro Internacional de Mujeres" y del colectivo "ni Una Menos", que implica que no sufrirán descuento alguno en sus remuneraciones.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido a fojas 150.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la actividad del sector empresario firmante y de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la...

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