Resolución 1893/2008

Fecha de la disposición10 de Diciembre de 2008
ARTICULO 14

º -- Vencido el plazo de presentación de los cortometrajes, el Jurado tendrá un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) dÃas para la selección de los proyectos ganadores. Las decisiones se tomarán por simple mayorÃa de votos. La decisión del Jurado será irrecurrible.

ARTICULO 15

º -- Los Participantes ganadores deberán informar y solicitar la debida autorización al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para la participación de sus cortometrajes en Muestras, Festivales y/o Concursos Nacionales e Internacionales.

ARTICULO 16

º -- Los Cortometrajes seleccionados deberán incluir en los tÃtulos de presentación en primer término, un cartel con la leyenda: 'EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES PRESENTA' como asà también dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 727/07/ INCAA o aquella que la reemplace en el futuro. Dicha leyenda deberá figurar en la publicidad y en la presentación del Cortometraje en Festivales o Muestras de Cine, tanto en el paÃs como en el exterior.

ARTICULO 17

º -- Los Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 18

º -- La participación en el Concurso implica el conocimiento y aceptación del presente Reglamento por parte de los intervinientes. Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTICULO 19

º -- No podrán intervenir en el concurso al que se llama por esta Resolución quienes registren deudas vencidas e impagas con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTICULO 20

º -- Cada postulante tiene derecho a la presentación de un solo CORTO y deberá hacerlo bajo Seudónimo. Los proyectos presentados al presente concurso no podrán participar en ningún otro llamado que convoque el Organismo durante el ejercicio del año 2009. En caso de incumplimiento el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaÃdo el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido por parte del INSTITUTO.

ARTICULO 21

º -- Los Cortometrajes que no resultaran ganadores del presente concurso, tendrán TREINTA (30) dÃas corridos a partir de la publicación por Resolución de los beneficiarios de los premios, para retirar dichas presentaciones; de lo contrario se procederá a la destrucción del material.

ARTICULO 22

º -- RegÃstrese, comunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archÃvese. -- LILIANA MAZURE, Presidenta Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO l CONCURSO CORTOMETRAJES EN DIGITAL TERMINADOS 2009

REQUISITOS PARA LA PRESENTACION Los interesados deberán acompañar los siguientes requisitos para la presentación de los proyectos:

  1. Fotocopia del Certificado de Depósito en la Dirección Nacional de Derechos de Autor dela) guión.

    1. Autorización por escrito del guionista al director presentante, en el caso de no ser la misma persona, con firma certificada por escribano público, o autoridad bancaria.

    2. Ficha con los datos personales según modelo del Anexo ll.

    3. Documento de la que resulte la residencia, pudiendo consistir la misma en tÃtulo de propiedad, de pagos de impuestos o servicios públicos, debiendo resultar de dicha documentación la antigüedad en la residencia requerida para participar en el concurso.

    4. Antecedentes del director postulante.

      f)CINCO (5) copias del cortometraje en formato DVD .

    5. Nómina de Equipo Técnico y ArtÃstico.

  2. Deberá hacerse constar, en forma notoria, la leyenda 'CONCURSO CORTOMETRAJES EN DIGITAL TERMINADOS 2009', tÃtulo del proyecto, nombre y apellido del director presentante al concurso, número de documento, teléfonos, domicilio, dirección de correo electrónico del mismo.

  3. Los CORTOS deberán ser presentados en la Mesa de Entradas del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, Lima 319, Piso 1º (Código Postal 1073) Nº 31.549 93

ARTICULO 12

Los beneficiarios tendrán un plazo de CIENTO OCHENTA (180) dÃas corridos a contar desde la liberación de la primera suma que se efectúe a su favor para entregar la Copia 'A'.

La falta de cumplimiento en término dará derecho al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para que, previa intimación por DIEZ (10) dÃas corridos, declare la caducidad del proyecto de que se trate y reclame la devolución de las sumas que se hubieran entregado más...

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