Resolución 1324/2008

Fecha de la disposición 9 de Diciembre de 2008

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº 628 del 13 de junio de 2005.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

º -- FÃjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 371 del 7 de abril de 2008 y registrado bajo el Nº 255/08 suscripto entre el SINDICATO ARGENTINO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LA ENSEÑANZA PRIVADA (SAEOEP) y el CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACION CATOLICA (CONSUDEC), conforme al detalle que, como ANEXO forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2

º -- RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.

ARTICULO 3

º -- RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

º -- GÃrese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5

º -- Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

º -- ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO Expediente Nº 1.252.783/07

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO SINDICATO ARGENTINO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LA ENSEÑANZA PRIVADA (SAEOEP) c/ CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACION CATOLICA (CONSUDEC) CCT 88/90

01/03/2008 $ 1.661,53 $ 4.984,59

Expediente Nº 1.252.783/07

Buenos Aires, 1 de octubre de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1322/08 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 407/08 T. -- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación  D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1324/2008

Tope Nº 409/2008

Bs. As., 26/9/2008

VISTO el Expediente Nº 1.137.622/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 72 de fecha 4 de junio de 2007 y la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1015 de fecha 11 de agosto de 2008, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 105 del Expediente Nº 1.137.622/05, obran las escala salariales pactadas entre el SINDICATO DE EMPLEADOS TEXTILES DE INDUSTRIA Y AFINES y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES , conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Convenio Colectivo Trabajo homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 72/07 y registrado bajo el N° 501/07, conforme surge de fojas 123/126 y 128 vta., respectivamente.

Que a fojas 164 del Expediente Nº 1.137.622/05, obran las escala salariales pactadas entre el SINDICATO DE EMPLEADOS TEXTILES DE INDUSTRIA Y AFINES y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por Resolución S.T.Nº 1015/08 y registrado bajo el Nº 718/08, conforme surge de foja 207/209 y 212, respectivamente.

Que a fojas 219/245, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR