Resolución 469/2022

Fecha de publicación27 Abril 2022
SecciónAsociaciones Sindicales
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2022

VISTO el EX-2020-53382180- -APN-DGD#MT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que, con fecha 2 de noviembre de 2015 el SINDICATO DE TRABAJADORES JUDICIALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con domicilio en Tucumán N° 1452 Piso 4to. Of. 9, Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitó su personería gremial, para representar al personal que se desempeñe bajo relación de dependencia con el PODER JUDICIAL y el MINISTERIO PUBLICO ambos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en todas las categorías del escalafón, excluidos los Jueces, Fiscales, Defensores y Asesores Tutelares de todas las instancias, el/la Fiscal General, el/la Defensora General, el/la Asesor/a Tutelar General, los Jueces del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y los Consejeros y el Administrador General del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, de conformidad con la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 281 del 14 de abril de 2015 se otorgó al SINDICATO DE TRABAJADORES JUDICIALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la Inscripción Gremial Nº 3013, para agrupar al personal que se desempeñe bajo relación de dependencia con el PODER JUDICIAL y el MINISTERIO PUBLICO ambos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en todas las categorías del escalafón, excluidos los Jueces, Fiscales, Defensores y Asesores Tutelares de todas las instancias, el/la Fiscal General, el/la Defensora General, el/la Asesor/a Tutelar General, los Jueces del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y los Consejeros y el Administrador General del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25, incisos a) y b) de la Ley N° 23.551 de Asociaciones Sindicales, se ha valorado la acreditación del universo de trabajadores y de la representatividad respecto al personal que se desempeñe bajo relación de dependencia con el PODER JUDICIAL y el MINISTERIO PUBLICO ambos de la CIUDAD...

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