Resolución 467.

EmisorSuperintendencia de Servicios de Salud
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2018

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 467/2018

Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-15462949-APN-GAJ#SSS, los Decretos Nº 292 del 14 de agosto de 1995 y Nº 492 del 22 de septiembre de 1995 y la Resolución Nº 4173 del 17 de noviembre de 1995 de la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD; y

CONSIDERANDO

Que por el Expediente citado en el VISTO, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL GRAFICO \u2013 (O.S.P.G.) (RNOS Nº 1-0900-4), solicita se proceda a darle de baja del Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados.

Que al efecto, la O.S.P.G. acompaña un ejemplar del Acta de reunión del Consejo Directivo, de fecha 1º de diciembre de 2017, en la cual se aprueba no recibir en lo sucesivo a jubilados y pensionados. Sustenta su decisión, en la circunstancia de hacerse insostenible la cobertura de esta población; toda vez que los gastos superan ampliamente los ingresos percibidos en concepto de cápita, por cada beneficiario. Alega la entidad que, no obstante los esfuerzos realizados para evitar adoptar esta medida, no pudo revertirse la situación descripta.

Que el Agente del Seguro de Salud se encuentra inscripto por la Resolución Nº 4173/1995-ANSSAL, para atender a los beneficiarios mencionados en el artículo 8º inciso b) de la Ley Nº 23.660.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma la intervención de su competencia, no formulando objeciones a lo peticionado por la obra social; atento el carácter facultativo de la inscripción en el mentado Registro, tal como surge del texto del artículo 10 del Decreto Nº 292/1995, sustituido por el artículo 12 de su similar Nº 492/1995.

Que sin perjuicio de ello, el Servicio Jurídico Permanente advierte que la...

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