Resolución 4662.

Fecha de disposición13 Octubre 2015
Fecha de publicación13 Octubre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 4662/2015

Bs. As., 06/08/2015

VISTO el Expediente CUDAP N° 10375/2015 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, los Decretos Nros. 641 de fecha 6 de mayo de 2014 y sus modificatorios y complementarios, N° 833 del 3 de junio de 2014, N° 313 del 2 de marzo de 2015 y la Resolución Nº 10.404 de fecha 23 de diciembre de 2013 del registro de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 641/14 se creó el MINISTERIO DE CULTURA con el objeto de perfeccionar el uso de los recursos públicos incrementando la calidad de la acción estatal, además de concretar las metas políticas diagramadas, racionalizar y tornar más eficiente la gestión pública orientada a ese sector.

Que por el Decreto N° 833/14 y su modificatorio se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA y se autorizó a su titular a aprobar las aperturas de nivel inferior, con un máximo de 45 cargos de conducción.

Que resulta imprescindible realizar un profundo rediseño en los niveles organizacionales inferiores oportunamente aprobados por la Resolución de la entonces Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación N° 10404/13, tendiendo a la búsqueda de la optimización de la gestión en función de las competencias conferidas a la Jurisdicción y a su jerarquía ministerial.

Que como resultado de un pormenorizado análisis y evaluación de competencias y responsabilidades, resulta conveniente proceder a aprobar las unidades de segundo nivel operativo que integran la estructura orgánica de este Ministerio a fin de lograr los objetivos establecidos para la jurisdicción cumpliendo con los criterios de eficacia y eficiencia.

Que, asimismo, se hace menester la creación de diversas coordinaciones, que constituyan una eficaz herramienta en la ejecución de las políticas y programas a cargo de las autoridades de este Ministerio.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia, expidiéndose favorablemente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1.545/94.

Por ello,

LA MINISTRA

DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Apruébanse las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la estructura organizativa del MINISTERIO DE CULTURA, aprobada por el Decreto N° 833 de fecha 3 de junio de 2014, de conformidad con los Organigramas y Acciones, que como Anexos la, lb, Ic, y II, forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°

Apruébanse en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, las Coordinaciones que se detallan, de acuerdo al "Listado" y "Acciones" que como Anexos III y IV forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º

Derógase la Resolución N° 10404 del 23 de diciembre de 2013 del registro de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4°

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 72 - MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 5°

Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- TERESA A. SELLARÉS, Ministra de Cultura.

ANEXO la

Anexo lb

Anexo Ic

ANEXO II

MINISTERIO DE CULTURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y ARTICULACIÓN

DIRECCIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN CULTURAL DE LA ARGENTINA

ACCIONES:

  1. Generar información estadística, en base a información propia y de fuentes externas, sobre la producción, usos y consumos de los distintos sectores nacionales de la cultura.

  2. Realizar el procesamiento, la mejora y la actualización de estadísticas, mapas, indicadores y relevamientos permanentes de diferentes sectores de la cultura argentina.

  3. Difundir los avances, resultados y proyecciones realizadas, a través de publicaciones específicas para diferentes destinatarios y públicos, desde el nivel técnico y político de la institucionalidad cultural hasta el campo de la cultura en sentido amplio como público especializado, universidades, sector empresario, gremial y artístico, y público en general.

  4. Fortalecer los vínculos del MINISTERIO DE CULTURA con la estructura de enlaces provinciales, nacionales y de América del Sur, y otros organismos públicos y privados de la cultura con permanentes actividades de capacitación, intercambio y generación de proyectos asociativos de construcción de información cultural.

  5. Asistir técnicamente a DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y ARTICULACIÓN, a través de estudios de economía cultural y elaboración de informes técnicos con estadísticas y cartografías culturales.

  6. Generar y actualizar las herramientas técnicas de procesamiento, búsqueda y recuperación de la información en el sitio Web, con el fin de facilitar los intercambios entre las oficinas públicas y los múltiples destinatarios de la información que allí se edita, en la materia de su competencia.

  7. Coadyuvar a la mejora de los servicios de acceso a la información cultural a través del sitio Web, como forma de garantizar la democratización y el derecho de acceso a la información pública, en materia de su competencia.

    MINISTERIO DE CULTURA

    SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN

    DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

    DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD

    ACCIONES:

  8. Asistir a la Dirección General en la administración del Sistema Integrado de Información Financiera en lo que respecta a los movimientos contables que genere la Institución.

  9. Coordinar y supervisar el registro y control de las operaciones contables de las unidades que componen el Servicio Administrativo Financiero.

  10. Supervisar el control y seguimiento de la documentación de pago de gastos por todo concepto, y transferencias a otros organismos y/o instituciones, con su documentación de respaldo.

  11. Controlar que las actividades de atención a proveedores funcionen de acuerdo a las acciones asignadas.

  12. Proponer las mejoras necesarias en el proceso de rendición, con el objetivo de optimizar su reingeniería y progresar en la eficiencia y eficacia.

  13. Supervisar los procesos de liquidación de haberes, verificando la aplicación de las normas vigentes en la materia.

  14. Intervenir las certificaciones de haberes, afectaciones y embargos; y en las liquidaciones por cancelación de deudas laborales.

  15. Supervisar el cumplimiento del control de la documentación correspondiente a las rendiciones de gastos de los funcionarios y/o agentes que realicen misiones de servicios en el país o en el exterior.

  16. Informar a la autoridad el estado de las rendiciones de cuentas que efectúan o se encuentran pendientes, generados por los funcionarios y/o los agentes que recibieron los fondos.

  17. Entender, coordinar y controlar los registros y la documentación respaldatoria de los procedimientos de altas, bajas y movimientos de bienes patrimoniales del Ministerio.

  18. Elaborar informes a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y proponer prioridades y mejoras.

  19. Cumplimentar los ingresos y egresos de los insumos o materiales de los almacenes o depósitos y su expedición.

    DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

    DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y FINANZAS

    ACCIONES:

  20. Analizar, centralizar y consolidar el anteproyecto de presupuesto plurianual de la Jurisdicción.

  21. Calcular los recursos de las previsiones presupuestarias para la atención de los distintos programas que se determinen en las dependencias de la Jurisdicción.

  22. Intervenir y asesorar en el diseño de los programas en el aspecto económico financiero, estableciendo objetivos y metas acordes con la posibilidad de obtención de recursos presupuestarios.

  23. Coordinar el control, análisis, evaluación y seguimiento de la ejecución físico-financiera de los programas de la Jurisdicción.

  24. Verificar que los registros contables y presupuestarios se lleven sin atrasos y conformes a las disposiciones y normativas vigentes.

  25. Coordinar y proyectar las normas legales conforme a la delegación de facultades para la realización de modificaciones presupuestarias de acuerdo a los requerimientos de la Jurisdicción.

  26. Entender en la planificación de la ejecución presupuestaria y financiera.

  27. Atender y controlar los movimientos de fondos y custodia de valores de la tesorería, y realizar las actividades inherentes a la gestión financiera conforme a las directivas impartidas por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.

  28. Informar los estados de caja, banco, garantía, fondo de terceros mediante la recepción de los partes diarios emitidos por el departamento de tesorería.

  29. Asegurar la realización en tiempo y forma de las conciliaciones de todas las cuentas bancarias del MINISTERIO DE CULTURA, interviniendo a su vez en los arqueos de efectivo y otros valores físicos.

  30. Elevar a DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN informes periódicos sobre la situación presupuestaria y proponer mejoras y estrategias de ejecución.

    DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

    DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

    ACCIONES:

  31. Centralizar los requerimientos de la Jurisdicción y formular el Plan Anual de Contrataciones, tanto de elementos como de contratos de servicios destinados a cubrir las exigencias de las distintas áreas a las que se prestan servicios.

  32. Entender en la elaboración de la documentación relativa a las contrataciones de obras y servicios, concursos, convenios con otros organismos y/o instituciones, o actos licitatorios que sean menester para las adquisiciones, y/o distintos servicios a prestarse.

  33. Asistir a la Dirección General en las modalidades de contratación en el marco de la normativa vigente, y ejecutar todas las funciones necesarias para la gestión del sistema de compras y contrataciones para la adquisición de bienes y prestaciones de...

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