Resolución 4661.

Fecha de disposición13 Octubre 2015
Fecha de publicación13 Octubre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 4661/2015

Bs. As., 06/08/2015

VISTO el Expediente CUDAP N° 10.413/2015 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, los Decretos Nros. 641 de fecha 6 de mayo de 2014, N° 833 de fecha 3 de junio de 2014, N° 313 del 2 de marzo de 2015 y sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 833 de fecha 03 de junio de 2014 y su modificatorio N° 313 de fecha 02 de marzo de 2015, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA y se autorizó a su titular a aprobar las aperturas de nivel inferior.

Que a fin de lograr los objetivos establecidos para la jurisdicción, cumpliendo con los criterios de reordenamiento, eficiencia, resulta necesaria la aprobación del segundo nivel operativo, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL de este MINISTERIO.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia, expidiéndose favorablemente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomada la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1.545/94.

Por ello,

LA MINISTRA

DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Apruébense las aperturas de segundo nivel operativo correspondiente a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como Anexos I y II, forman parte de la presente.

ARTÍCULO 2°

Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- TERESA A. SELLARÉS, Ministra de Cultura.

ANEXO I

ANEXO II

SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS

INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA Y PENSAMIENTO LATINOAMERICANO

ACCIONES:

  1. Entender en la implementación de la Ley 25.743, en su condición de autoridad nacional de aplicación y como tal, concientizar y asesorar sobre los mecanismos de protección del patrimonio arqueológico.

  2. Realizar una política de adquisición acorde con el ordenamiento determinado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS, a fin de acrecentar su patrimonio.

  3. Entender en la propuesta de la programación anual de las actividades del organismo.

  4. Promover las investigaciones especializadas en sitios y yacimientos arqueológicos, terrestres y subacuáticos, y en las culturas tradicionales, indígenas y criollas y efectuar publicaciones al respecto.

  5. Entender en la relación con museos e instituciones estatales y privadas, como así también no gubernamentales, en el orden nacional, y participar en el orden internacional, en coordinación con las pautas fijadas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS y por los organismos competentes en la materia, a los fines de estudio e intercambio de información y materiales.

  6. Entender en la prestación de un servicio público, al hacer accesible el conocimiento de la institución y de su patrimonio arqueológico, bibliográfico y documental, a toda la comunidad.

  7. Intervenir en la adecuada utilización de los recursos económicos asignados a la institución para el cumplimiento de las acciones autorizadas y en la observación de las normas de orden económico financiero, administrativo y patrimonial.

  8. Participar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto del organismo.

  9. Participar en el Sistema Nacional de Gestión de Bienes Culturales elaborando la información de su área.

  10. Entender en la prestación de un servicio bibliográfico especializado en sitios y yacimientos arqueológicos, terrestres y subacuáticos, y en culturas tradicionales, indígenas y criollas.

  11. Entender en el rol educativo y social del organismo, mediante la implementación de actividades educativas, culturales y recreativas dirigidas particularmente a niños, adolescentes, público general y públicos especiales, que promuevan la inclusión y la participación ciudadana.

  12. Entender en la exhibición de su acervo como una forma de prestar un servicio público.

  13. Entender en el plan integral de seguridad del Instituto y de sus colecciones y en el plan integral de conservación y manejo de las colecciones, acorde con las pautas recomendadas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS.

    SECRETARÓA DE GESTION CULTURAL

    DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS

    INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS DE TEATRO

    ACCIONES:

  14. Realizar una política de adquisición acorde con el ordenamiento determinado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS, a fin de acrecentar su patrimonio.

  15. Entender en la propuesta de la programación anual de las actividades del organismo.

  16. Promover las investigaciones especializadas en la historia del teatro argentino, sus hacedores e intérpretes y efectuar publicaciones al respecto.

  17. Entender en la relación con museos e instituciones estatales y privadas, como así también no gubernamentales, en el orden nacional, y participar en el orden internacional, en coordinación con las pautas fijadas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS y por los organismos competentes en la materia, a los fines de estudio e intercambio de información y materiales.

  18. Entender en la prestación de un servicio público, al hacer accesible el conocimiento de la institución y de su patrimonio artístico, bibliográfico y documental, a toda la comunidad.

  19. Intervenir en la adecuada utilización de los recursos económicos asignados a la institución para el cumplimiento de las acciones autorizadas y en la observación de las normas de orden económico financiero, administrativo y patrimonial.

  20. Participar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto del organismo.

  21. Participar en el Sistema Nacional de Gestión de Bienes Culturales elaborando la información de su área.

  22. Entender en la prestación de un servicio bibliográfico especializado en la historia del teatro argentino, sus hacedores e intérpretes.

  23. Entender en el rol educativo y social del organismo, mediante la implementación de actividades educativas, culturales y recreativas dirigidas particularmente a niños, adolescentes, público general y públicos especiales, que promuevan la inclusión y la participación ciudadana.

  24. Entender en la exhibición de su acervo como una forma de prestar un servicio público.

  25. Entender en el plan integral de seguridad del Instituto y de sus colecciones y en el plan integral de conservación y manejo de las colecciones, acorde con las pautas recomendadas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS.

    SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL

    DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS

    MUSEO NACIONAL DE ARTE ORIENTAL

    ACCIONES:

  26. Realizar una política de adquisición acorde con el ordenamiento determinado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS, a fin de acrecentar su patrimonio.

  27. Entender en la propuesta de la programación anual de las actividades del organismo.

  28. Promover las investigaciones especializadas en las artes provenientes de culturas orientales.

  29. Entender en la relación con museos e instituciones estatales y privadas, como así también no gubernamentales, en el orden nacional, y participar en el orden internacional, en coordinación con las pautas fijadas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS y por los organismos competentes en la materia, a los fines de estudio e intercambio de información y materiales.

  30. Entender en la prestación de un servicio público, al hacer accesible el conocimiento de la institución y de su patrimonio artístico, bibliográfico y documental, a toda la comunidad.

  31. Intervenir en la adecuada utilización de los recursos económicos asignados a la institución para el cumplimiento de las acciones autorizadas y en la observación de las normas de orden económico financiero, administrativo y patrimonial.

  32. Participar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto del organismo.

  33. Participar en el Sistema Nacional de Gestión de Bienes Culturales elaborando la información de su área.

  34. Entender en la prestación de un servicio bibliográfico especializado en las artes de culturas orientales.

  35. Entender en el rol educativo y social del organismo, mediante la implementación de actividades educativas, culturales y recreativas dirigidas particularmente a niños, adolescentes, público general y públicos especiales, que promuevan la inclusión y la participación ciudadana.

  36. Entender en la exhibición de su acervo como una forma de prestar un servicio público.

  37. Entender en el plan integral de seguridad del Museo y de sus colecciones y en el plan integral de conservación y manejo de las colecciones, acorde con las pautas recomendadas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS.

    SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL

    DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS MUSEO CASA DE YRURTIA

    ACCIONES:

  38. Realizar una política de adquisición acorde con el ordenamiento determinado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS, a fin de acrecentar su patrimonio.

  39. Entender en la propuesta de la programación anual de las actividades del organismo.

  40. Promover las investigaciones y estudios especializados sobre la obra de Rogelio Yrurtia y efectuar publicaciones al respecto.

  41. Entender en la relación con museos e instituciones estatales y privadas, como así también no gubernamentales, en el orden nacional, y participar en el orden internacional, en coordinación con las pautas fijadas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS y por los organismos competentes en la materia, a los fines de estudio e intercambio de información y materiales.

  42. Entender en la prestación de un servicio público, al hacer accesible el conocimiento de la institución y de su patrimonio artístico, bibliográfico y documental, a toda la comunidad.

  43. Intervenir en la adecuada utilización de los recursos económicos asignados a la institución para el cumplimiento de las acciones autorizadas y en la observación de las normas de orden económico...

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