Resolución 466. RESOL-2018-466-APN-SECT#MT

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición28 de Enero de 2019

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 466/2018

RESOL-2018-466-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1.597.549/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y,

CONSIDERANDO:

Que a fojas 15 del Expediente N° 1.707.021/16 agregado como fojas 101 al Expediente principal N° 1.597.549/13, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISIÓN, TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (S.A.T.T.S.A.I.D.) por el sector sindical y la empresa CLAWI SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado acuerdo se celebra en carácter de complementario al acuerdo de actividad que fuera celebrado en fecha 10 de septiembre de 2014 entre el sindicato de marras y la ASOCIACIÓN DE TELERADIODIFUSORAS ARGENTINAS y la CÁMARA ARGENTINA DE PRODUCTORAS INDEPENDIENTES DE TELEVISIÓN (C.A.P.I.T.) que ha quedado registrado ante esta Cartera de Estado bajo el Nº 147/15.

Que las partes establecen el pago de una gratificación extraordinaria por única vez de carácter no remunerativa, en las condiciones que fueran establecidas a través del acuerdo de actividad de fecha 1 de Abril de 2015 oportunamente celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISIÓN, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (S.A.T.S.A.I.D.), por el sector gremial, y la CÁMARA ARGENTINA DE PRODUCTORAS INDEPENDIENTES DE TELEVISIÓN (C.A.P.I.T.), por el sector empleador, que ha quedado registrado bajo el Nº 1777/15, cuya copia se agrega a las presentes actuaciones.

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a...

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