Resolucion 4625

Fecha de publicación16 Noviembre 2007
Fecha de disposición16 Noviembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31283

CONCURSOS OFICIALES Nuevos MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Resolución Nº 1359/2007

Bs. As., 12/11/2007

VISTO tal Expediente Nº 140.166/03 del registro del ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, y CONSIDERANDO:

Que por las referidas actuaciones se ha llevado cabo el proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo nivel escalafonario SINAPA letra B con función ejecutiva nivel III de Director de la DIRECCION DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de la SECRETARIA DE COORDINACION E INNOVACION de este Ministerio.

Que como resultado de dicho proceso, el Comité de Selección, integrado por la Resolución Conjunta Ss.G.P. Nº 25 - M.J.S. y D.H. Nº 365 del 8 de octubre de 2003 (Conf. fojas 2/4), ha elevado la terna, de candidatos en uso de la facultad que le confiere el artículo 39, inciso d) del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Que en consecuencia corresponde seleccionar de la referida terna de candidatos, a la postulante que cubrirá el cargo concursado, proponiendo su designación al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto, en virtud de la facultad que le confiere el artículo 42 del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Selecciónase la terna de candidatos propuestos por al Comité de Selección para ocupar el cargo nivel escalafonario SINAPA letra B con función ejecutiva nivel III de Director de la DIRECCION DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO de la DIRECCON GENERAL DE ADMINISTRACION de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION E INNOVACION de este Ministerio, a la contadora Berta Clara LEVIT (L.C. 6.198.221), proponiendo su designación al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

ARTICULO 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. ALBERTO J. B. IRIBARNE, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

e. 16/11 Nº 563.836 v. 16/11/2007 AVISOS OFICIALES Nuevos PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Resolución Nº 34/2007

Bs. As., 8/11/2007

VISTO la Resolución SLyT Nº 22 del 3 de septiembre de 2004, y sus similares modificatorias Nros. 6 del 17 de marzo de 2005 y 18 del 3 de octubre de 2005, y CONSIDERANDO:

Que por la primera de las resoluciones citadas en el Visto se creó, en jurisdicción de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, una Comisión Técnica de Evaluación y Seguimiento del Proyecto de Certificación Electrónica de Publicaciones en el Boletín Oficial para la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.

Que por las Resoluciones SLyT Nros. 6/05 y 18/05, respectivamente, se modificó la integración de la citada Comisión.

Que razones operativas determinan la necesidad de modificar nuevamente dicha integración.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 918/ 01 y 1272/01 y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución SLyT Nº 23/02 y sus modificatorias.

Por ello,

EL SECRETARIO LEGAL Y TECNICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:

ARTICULO 1º

Sustitúyese el artículo 2º de la Resolución SLyT Nº 22 del 3 de septiembre de 2004, texto según el artículo 1º de la Resolución SLyT Nº 18/05, por el siguiente:

'La Comisión que se crea por el artículo precedente estará integrada por el Doctor D. Jorge Eduardo FEIJOO (D.N.I. Nº 10.921.479), el señor D. Alejandro Esteban CABANILLA TURDERA (D.N.I.

Nº 21.480.417), el Licenciado D. Miguel Angel ABATE (D.N.I. Nº 13.132.074) y el Contador Público Nacional D. Arturo Alfredo PORTALL (D.N.I. Nº 10.766.047).

ARTICULO 2º

Regístrese, publíquese y archívese. -- Dr. CARLOS ALBERTO ZANNINI, Secretario Legal y Técnico.

e. 16/11 N° 65.673 v. 16/11/2007 ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución Nº 130/2007

Bs. As., 9/11/2007

VISTO el Expediente Nº 10.245 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto por Ley Nº 24.076; Resolución ENARGAS Nº 139/95; Informe UAC GNC Nº 211/ 2007, y Dictamen Jurídico Nº 907/2007 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 42 de la Constitución Nacional señala que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz, y las autoridades proveerán a la protección de esos derechos.

Que el ENARGAS, creado por la Ley Nº 24.076, tiene entre sus facultades las de 'a) Hacer cumplir la presente Ley, su reglamentación y disposiciones complementarias en el ámbito de su competencia, controlando la prestación de los servicios, a los fines de asegurar el cumplimiento de las obligaciones fijadas en los términos de la habilitación; x) En general, realizar todo otro acto que sea necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones y de los fines de esta Ley y su reglamentación', según lo indicado en el artículo 52, de la citada Ley.

Que --mediante Notas ENRG GAL/UAC GNC/D Nros. 0244 y 0245-- se notificó al PEC CHAPAL GNC S.R.L. y a su Responsable Técnico, las imputaciones emanadas del Informe UAC Nº 57/2005 y del Dictamen Jurídico GAL...

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