Resolución 459. RESOL-2018-459-APN-SECC#MP

EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN - SECRETARÍA DE COMERCIO
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2018

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE COMERCIO

Resolución 459/2018

RESOL-2018-459-APN-SECC#MP

Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2018

VISTO el Expediente N° S01:0151969/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus agregados sin acumular N° S01:0152058/2016, N° S01:0195441/2016, N° S01:0195444/2016, N° S01:0195446/2016, N° S01:0195448/2016, N° S01:0327956/2016, N° S01:0327958/2016, Nº S01:0327960/2016, Nº S01:0327962/2016, Nº S01:0336098/2016, Nº S01:0343206/2016, N° S01:0580903/2016, N° S01:0580926/2016, N° S01:0580931/2016, N° S01:0580932/2016, N° S01:0580934/2016, N° S01:0580938/2016, N° S01:0580958/2016, N° S01:0580961/2016 y N° S01:0580964/2016, todos del mencionado Registro, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 177 del 25 de enero de 1985, modificado por el Decreto N° 1.012 del 29 de mayo de 1991, se estableció el Régimen de Draw-Back, el cual prevé la restitución total o parcial de derechos de importación y tasa de estadística para los insumos, componentes, partes, piezas y/o envases importados que se incorporan al proceso de perfeccionamiento o beneficio de un producto cuyo destino sea el mercado externo.

Que mediante la Resolución Nº 177 del 27 de junio de 1991 de la ex SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se establecieron los requisitos a observar en cada una de las presentaciones.

Que las Resoluciones Nros. 1.041 del 31 de agosto de 1999 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificaciones, y 685 del 14 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, suspendieron la aplicación de los Artículos 2° y 3° de la...

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