Resolución 456-E.

Fecha de disposición16 Mayo 2017
Fecha de publicación16 Mayo 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 456-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 07/04/2017

VISTO el Expediente Nº 201-180.805/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/4 del Expediente de referencia, obran el Acuerdo y Anexo celebrados entre el SINDICATO DE PRENSA DE BAHÍA BLANCA, por la parte gremial, y la empresa TELEDIFUSORA BAHIENSE SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del mentado texto convencional se estipula una recomposición salarial para el personal de prensa con actuación en los noticieros de televisión abierta de la empresa firmante comprendido en las categorías previstas en el Artículo 53 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 403/75 (Rama Televisiva), dentro de los términos y lineamientos estipulados.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han alcanzado el Acuerdo ante esta Cartera de Estado y acreditaron su personería con las constancias obrantes en autos.

Que en relación con las prescripciones emergentes del Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), debe tenerse presente lo manifestado a foja 1.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se encuentra...

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