Resolución 455/2020

Fecha de publicación18 Noviembre 2020
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2020

VISTO el EX-2018-63469221- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 3/6 del IF-2018-63478975-APN-DGDMT#MPYT del EX-2018-63469221- -APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes pactan condiciones económicas para los dependientes que se desempeñan bajo las categorías laborales de “Técnico” y “Técnico de Laboratorio” en las áreas de Laboratorio de Estudios Endocrinológicos y Pruebas Funcionales, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 103/75, bajo las condiciones y términos convenidos.

Que asimismo, mediante acta obrante en el IF-2019-97720363-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2018-63469221- -APN-DGDMT#MPYT, las partes desisten de la solicitud de homologación del Anexo I obrante en la página 7 del IF-2018-63478975-APN-DGDMT#MPYT, por tratarse de carácter pluriindividual, por lo que se homologa como acta complementaria del mismo.

Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de representación del sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes...

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