Resolución 175/2008

Fecha de publicación03 Diciembre 2008
Fecha de disposición03 Diciembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31545

Que conforme lo establecido en el Artículo 9º inciso a) de la Ley citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la ARN en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización que lo habilite para su ejercicio.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE, FACULTAD DE INGENIERIA, con domicilio legal en la calle Buenos Aires Nº 1400 de la localidad de Neuquén, Provincia del Neuquén, posee en su instalación veintiocho fuentes de Ra-226 de 185 kBq cada una, dos fuentes de Cs-137 de 185 kBq, una fuente de Co-57 de 37 kBq, una fuente de Co-60 de 37 kBq y una fuente de Ba-133 de 185 kBq, todas fuentes de calibración utilizadas para investigación y docencia.

Que en la inspección realizada por esta ARN el día 6 de diciembre de 2004, Acta Nº 7966, la Universidad informa que las fuentes citadas en el considerando precedente no han sido utilizadas, manifestando su voluntad de gestionarlas como residuos radiactivos en el área GESTION DE RESIDUOS RADIACTIVOS de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA).

Que mediante nota ARN Nº 4960/08 fechada el día 10 de noviembre de 2008 se le concedió a la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE - FACULTAD DE INGENIERIA, un plazo de 5 (cinco) días para depositar en custodia, a su exclusivo cargo, el material radiactivo en el programa nacional de gestión de residuos radiactivos dependiente de la CNEA.

Que habiendo vencido dicho plazo, la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE no ha dado cumplimiento de los requerimientos regulatorios efectuados por esta Institución en nota ARN Nº 4960/08.

Que mediante nota fechada el día 19 de noviembre del corriente año, la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE- FACULTAD DE INGENIERIA, manifiesta su conformidad al retiro de las citadas fuentes, indicando que la delicada situación presupuestaria de las universidades nacionales le impide por el momento hacerse cargo de los costos asociados a la gestión como residuos radiactivos de las fuentes involucradas.

Que esta ARN entiende que la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE - FACULTAD DE INGENIERIA, no puede dar cumplimiento al concepto básico de Justificación de posesión de material radiactivo, indicado por el punto 84 de la Norma AR 10.1.1, el que establece que cuando respecto de una práctica, ya no puede reputarse un beneficio neto positivo, su continuación deja de estar justificada.

Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio es competente para el dictado del presente acto conforme lo establece la Ley Nº 24.804.

Por ello, en su reunión del día 21 de noviembre de 2008 (Acta Nº 19) EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR RESOLVIO:

ARTICULO 1º

Aprobar el retiro para disposición final de veintiocho (28) fuentes de Ra-226 de 185 kBq, de 2 (dos) fuentes de Cs-137 de 185 kBq, de 1 (una) fuente de Co-57 de 37 kBq, de 1 (una) fuente de Co-60 de 37 kBq y 1 (una) fuente de Ba-133 de 185 kBq, de propiedad de la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE, FACULTAD DE INGENIERIA, a través del Programa Nacional de Gestión de Residuos Radiactivos dependiente de la Comisión Nacional de Energía Atómica, a efectuarse en la semana del 24 de noviembre de 2008.

ARTICULO 2º

Autorizar al Sector Tesorería de la ARN, en carácter de excepción, a abonar al Programa Nacional de Gestión de Residuos Radiactivos de la Comisión Nacional de Energía Atómica a través de la Fundación José A. Balseiro -- Av. Bustillo km 9,5, San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, CUIT: 30-62600060-2, la suma de OCHO MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE PESOS ($ 8.169.-), dicho gasto será afectado a la Actividad 016.

ARTICULO 3º

Los gastos resultantes de las acciones y gestiones de los Artículos 1º y 2º de la presente Resolución, serán a cargo exclusivo de la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE,

FACULTAD DE INGENIERIA. El importe total y la fecha en la que la empresa deberá abonar han sido comunicados por nota ARN-5148/08 de fecha 21 de noviembre de 2008.

ARTICULO 4º

Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL y a la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS a los fines correspondientes. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA, publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL.

-- Dr. FRANCISCO SPANO, Vicepresidente 2º e/a Presidente del Directorio.

e. 03/12/2008 Nº 18544/08 v. 03/12/2008 AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Resolución Nº 174/2008

Bs. As., 25/11/2008

VISTO lo propuesto por la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS - SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE IIY III, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804 y su Decreto Reglamentario Nº 1390/98, la Norma AR 10.1.1 'Norma Básica de Seguridad Radiológica y Nuclear', Revisión 3, y CONSIDERANDO:

Que la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICAY SALVAGUARDIAS a través de la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE IIY III recomendó dar curso favorable a los trámites de Solicitud de Licencias de Operación comprendidos en las Actas Nº 180 y 181 de dicha Subgerencia, por cuanto se ha dado cumplimiento a...

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