Resolución 447-E.

Fecha de disposición25 Agosto 2017
Fecha de publicación25 Agosto 2017
SecciónResoluciones

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 447-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 18/08/2017

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, su Decreto Reglamentario Nº 1390/98, el Procedimiento interno de esta ARN G-Clase II y III-02, Revisión 4, "Gestión de Permisos Individuales para Personal de Instalaciones Radiactivas Clase II", el trámite de solicitud de Permiso Individual de la Licenciada Gisela Andrea RUTTY SOLÁ, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que la LICENCIADA Gisela Andrea RUTTY SOLÁ presentó el formulario de solicitud de Permiso Individual para el uso de radioisótopos o radiaciones ionizantes, para Investigación y Docencia.

Que conforme a lo informado por el Responsable del Sector de Facturación y Comercio Exterior de esta ARN, la solicitante posee deuda a la fecha en concepto de Tasa Regulatoria del Permiso Individual.

Que el Artículo 26 de la Ley Nº 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.

Que la LICENCIADA RUTTY SOLÁ no ha dado cumplimiento al Artículo mencionado.

Que el otorgamiento de un Permiso Individual a un usuario de material Radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el Artículo citado ut supra, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en...

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