Resolución 1456/2008

Fecha de publicación24 Noviembre 2008
Fecha de disposición24 Noviembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31538

APELLIDO NOMBRES DOCUMENTO CATEGORIA REM. MENS. PERIODO CONTRATACIONTIPO Nº AGRUP. G.F.

CUARTAS ESTELA TERESA DNI 11.396.676 A 17 3.661,22 01-06-2007 A 30-06-2007

GONZALEZ OMAR EDUARDO DNI 12.009.672 A 15 3.598,73 01-06-2007 A 30-06-2007

ROMANO EDUARDO LUIS LE 7.838.591 A 17 3.416,42 01-06-2007 A 30-06-2007

ZUCCARELLO PEDRO GREGORIO LE 4.359.943 A 16 3.795,03 01-06-2007 A 30-06-2007 MINISTERIO DE CIENCIA,TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decisión Administrativa 542/2008

Apruébanse contrataciones celebradas en los términos del Contrato de Préstamo 1728/ OC-AR.

Bs. As., 13/11/2008

VISTO el Expediente Nro. 1318/08 del registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Contrato de Préstamo Nro. 1728/OC-AR del 9 de agosto de 2006 suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, el Decreto Nro. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y sus modificatorios,

Nro. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nro. 601 de fecha 11 de abril de 2002, Nro. 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y Nro. 149 del 22 de febrero de 2007, el Decreto Nro. 21 de fecha 10 de diciembre de 2007, y CONSIDERANDO,

Que con fecha 9 de agosto de 2006 se suscribió el mencionado Contrato de Préstamo mediante el cual el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO concurre con la NACION ARGENTINA en la financiación del PROGRAMA DE MODERNIZACION TECNOLOGICA III dependiente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Que el Programa al que se destinan los recursos tiene como objetivo general apoyar el fortalecimiento de los Sistemas Nacional y Regional de Innovación y el desarrollo de una infraestructura científica y tecnológica moderna.

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación de una serie de Contratos bajo el régimen del Decreto Nro. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada Jurisdicción, según las previsiones del Decreto Nro. 21/07.

Que por el artículo 1º del Decreto Nro. 577/03, modificado por su similar Nro. 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nro. 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que en las contrataciones propiciadas se configura el presupuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que las personas comprendidas en la presente medida han dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nro. 601 de fecha 11 de abril de 2002.

Que las presentes contrataciones de locación de servicios se tramitan dentro del marco del Contrato de Préstamo Nro. 1728/OC-AR, por el cual, en su Cláusula 4.04 inciso c (iii), se acordó que la revisión del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO en la selección de consultores se realizará 'ex post'.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente medida, será atendida íntegramente con cargo al 'PROGRAMA DE MODERNIZACION TECNOLOGICA III Contrato de Préstamo Nro. 1728/OC-AR', de acuerdo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 71 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido por el artículo 1º del Decreto Nro. 577/03, modificado por su similar Nro. 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Apruébanse las contrataciones celebradas entre el MINISTERIO DE CIENCIA,

TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA y las personas que se detallan en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida, por los períodos, categorías y montos indicados en la misma, en los términos del Contrato de Préstamo Nro. 1728/OC-AR.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 71 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA- para el ejercicio 2008, cuya desagregación se encuentra detallada en el ANEXO I que integra la presente medida.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Sergio T. Massa -- José L. S. Barañao ANEXO I ALTAS MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA DEPENDENCIA APELLIDO Y NOMBRE C.U.I.T. DESDE HASTA CATEG.

RANGO DEDICAC. MONTO MENSUAL MONTO TOTAL AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA Y DE INNOVACION MINISTERIO DE CIENCIA,

TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA GELFMAN JULIA 27-29160523-6...

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