Resolución 496/2008

Fecha de publicación21 Noviembre 2008
Fecha de disposición21 Noviembre 2008
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31537

Nº 1151/06, a los efectos de su equiparación al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario de su similar Nº 491/02.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de septiembre de 2008, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.337.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por aprobada con efectos al 1º de septiembre de 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2008, la contratación en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de D. Ariel Alberto ORTIZ (D.N.I. Nº 22.741.516) para desempeñar funciones de Asesor en la DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA de la citada Subsecretaría, equiparado al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (Decreto Nº 993/91 t.o. 1995) de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución SGP Nº 48/02.

Art. 2º

La contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa se dispone como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.337.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Sergio T. Massa. -- Aníbal F. Randao.

ANEXO I APELLIDO Y NOMBRE PERIODO TIPO Y Nº DOC. RANGO Y FUNCION MONTO MENSUAL PRELIASCO, Pablo Martín 1-05-08

31-07-08

D.N.I. Nº 18.299.333 Consultor Nivel A Rango I $ 3.250. RESOLUCIONES SECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS Resolución 496/2008

Créase el Programa de Desarrollo de las Economías Regionales.

Bs. As., 14/11/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0446873/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que es política del Gobierno Nacional en forma conjunta con las provincias, generar las condiciones y los instrumentos que promuevan las inversiones en las economías regionales.

Que el Gobierno Nacional y las provincias disponen de instrumentos actualmente vigentes que es necesario optimizar y armonizar.

Que el entramado productivo actual es muy heterogéneo, predominando las pequeñas y medianas empresas de tipo familiar, donde el factor excedentario es la mano de obra, en general familiar.

Que las inversiones en este tipo de empresas tienen impacto sobre el nivel de empleo y un efecto multiplicador sobre las economías a nivel local y regional.

Que uno de los factores que actúan en sentido contrario a la posibilidad del desarrollo y crecimiento de estas economías es la falta de escala, que no permite obtener un volumen y calidad de producto que posicione al productor primario en un plano de igualdad con el eslabón siguiente en la cadena productiva.

Que asimismo, la dificultad en el acceso a tecnologías o la carencia de tecnologías apropiadas coadyuva en la incapacidad de poder insertarse en el mercado en forma competitiva, a la vez de obstaculizar el objetivo de poder aumentar los rendimientos y la productividad.

Que a ello se suma la imposibilidad de acceder a fuentes de financiamiento formales, lo que hace necesario pensar en instrumentos apropiados y a la medida de cada producción.

Que el Gobierno Nacional a través de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se encuentra comprometido con el objetivo de consolidar el proceso de crecimiento de la competitividad de las cadenas agroalimentarias, propendiendo a aumentar el impacto de las mismas en el desarrollo regional.

Que resulta necesario lograr un aumento de la productividad en cada eslabón de la cadena y la potenciación de los resultados a través del fortalecimiento...

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