Resolución 899/2008

Fecha de publicación19 Noviembre 2008
Fecha de disposición19 Noviembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31535

Declárase la caducidad de Licencias otorgadas para la prestación de servicios de telecomunicaciones.

Bs. As., 10/11/2008

VISTO el Expediente Nº 2.507/2002 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición Nº 473 de fecha 17 de enero de 2003 dictada por la Gerencia de Ingeniería de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA se autorizó a JORGE EDUARDO CURI (CUIT Nº 30-68611235-3) a instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Sistema de Transporte de Programa de Radiodifusión Sonora (TPRS).

Que el servicio radioeléctrico citado se encuentra alcanzado por lo establecido en la Resolución Nº 1619 de fecha 5 de octubre de 1999 dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, debiendo el titular de las mismas presentar dentro de los CIENTO VEINTE (120) días contados a partir de la notificación del acto mencionado en el primer considerando la certificación a que hace referencia el Capítulo II del Anexo A de la norma citada precedentemente.

Que la certificación antes mencionada no ha sido presentada dentro del plazo normativamente establecido, por lo que se procedió a intimar a la persona titular de este expediente para que subsane dicho incumplimiento, mediante la Nota Nº 492 de fecha 16 de diciembre de 2003 emitida por la Gerencia de Ingeniería de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de foja 62.

Que como respuesta a dicha Nota, se ha solicitado una prórroga para el cumplimiento de la normativa, la cual fue otorgada mediante la Nota de foja 75.

Que posteriormente ha sido solicitada una nueva prórroga, la cual ha sido también otorgada mediante la Nota de foja 82.

Que ha vencido ampliamente el plazo otorgado en la Nota citada, sin haberse presentado la documentación correspondiente al certificado de inspección técnica.

Que en razón de lo expuesto precedentemente, corresponde declarar la caducidad de la autorización oportunamente otorgada en concordancia con lo establecido en el punto 2 del Capítulo III del Anexo A de la Resolución Nº 1619 de fecha 5 de octubre de 1999 dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE:

Artículo 1º

Declarar la caducidad de la autorización otorgada a JORGE EDUARDO CURI (CUIT Nº 30-68611235-3) mediante Disposición Nº 473 de fecha 17 de enero de 2003 dictada por la Gerencia de Ingeniería de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, por los motivos expuestos en los considerandos.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Carlos L. Salas.

Secretaría de Comunicaciones TELECOMUNICACIONES Resolución 396/2008

Declárase la caducidad de Licencias otorgadas para la prestación de servicios de telecomunicaciones.

Bs. As., 10/11/2008

VISTO el Expediente Nº 5288/1993 del Registro de la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 2956 de fecha 9 de junio de 1993, dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se le otorgó al señor Don Jorge Pablo OTTAVIANI (CUIT 20-08323108-5), Licencia para la prestación del servicio de Repetidor Comunitario.

Que la Licencia de que se trata fue otorgada en los términos de la Resolución Nº 477 de fecha 17 de febrero de 1993 dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el Artículo 11 del Decreto Nº 1185 de fecha 22 de junio de 1990 dispuso para los prestadores de servicios de telecomunicaciones una tasa en concepto de control, fiscalización y verificación.

Que el modo de cumplimiento de la obligación citada en el considerando precedente fue reglamentada a través de la Resolución Nº 1835 de fecha 30 de octubre de 1995 dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE ENERGIA Y COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el Prestador omitió la presentación de las declaraciones juradas exigidas y el pago de la Tasa de Control...

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