Resolución 444/2019

Fecha de publicación23 Julio 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE
Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-54824866-APN-SSTF#MTR, la Ley N° 22.520, los Decretos N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992, N° 423 del 18 de junio de 2019, la Resolución N° 360 de fecha 18 de junio de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 423 de fecha 18 de junio de 2019 se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para otorgar la concesión para la construcción, mantenimiento y operación de las Líneas URQUIZA y BELGRANO NORTE.

Que el citado Decreto N° 423/2019 faculta al MINISTERIO DE TRANSPORTE para aprobar los documentos licitatorios, al tiempo que le encomienda, a través de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, dictar todas las medidas que resulten necesarias para llevar adelante el proceso licitatorio.

Que por Resolución Nº 360 de fecha 18 de junio de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se autorizó la convocatoria a formular observaciones y/o sugerencias sobre el Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares para Licitación Pública Internacional de la Concesión del Servicio Ferroviario Metropolitano de Transporte Ferroviarios de Pasajeros de la Línea URQUIZA (PLIEG-2019-54965634-APN-SSTF#MTR) y sus respectivos Anexos.

Que a los efectos de transitar una eficaz etapa previa de observaciones y/o sugerencias al Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones, corresponde agregar información adicional para los potenciales oferentes y, en consecuencia, incorporar y/o modificar los Anexos identificados en el artículo N° 2 de la Resolución Nº 360/2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 21 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/1992) y sus modificatorias y complementarias, y por el artículo 2° del Decreto N° 423 del 18 de junio de 2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 2° de la Resolución N° 360 de fecha 18 de junio de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 2°.- Autorízase la convocatoria a formular observaciones y/o...

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