Resolución 443. RESOL-2018-443-APN-SECT#MT

Fecha de disposición11 Abril 2019
Fecha de publicación11 Abril 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 443/2018

RESOL-2018-443-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1.726.684/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/6 del Expediente Nº 1.726.684/16 obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el sector gremial y la empresa ASEGURADORES DE VIDA Y RETIRO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AVIRA) por el sector empleador, el cual ratifican a foja 14, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14. 250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo, las partes pactan el pago de sumas no remunerativas para el período comprendido entre 01/11/2016 y el 31/12/2016 incorporándose como remunerativas a partir del 1 de enero de 2017 y asimismo, pactan el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa por única vez pagadera en tres cuotas los meses de mayo junio y julio 2016, así también pactan ciertas condiciones laborales allí detalladas, todo ello en el marco del CCT N° 283/97, conforme a los términos y condiciones del texto pactado.

Que en relación al carácter asignado al incremento pactado en la CLÁUSULA PRIMERA y QUINTA del presente acuerdo, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos...

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