Resolución 443-E.

Fecha de disposición24 Mayo 2017
Fecha de publicación24 Mayo 2017
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 443-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 18/05/2017

VISTO El Expediente EX -2017-01599648-APN-DEPGYD#MSG del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nº 26.485, el artículo 22 bis de la Ley Nº 22.520 (t.o. 1992) y,

CONSIDERANDO

Que la norma contenida en el artículo 22 bis de la Ley Nº 22.520 (t.o. 1992) establece que "compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático";

Que, en particular, se incluyen como competencias entender en la persecución del delito, en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia, ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL, supervisar el accionar individual o conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, coordinar la formulación de planes de mediano y largo plazo de capacitación, inversión, equipamiento y bienestar de las fuerzas;

Que las normas internacionales en materia de Derechos Humanos y las recientes modificaciones en la legislación argentina han avanzado en el reconocimiento y ampliación de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia,

Que la CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, aprobada por la Ley N° 24.632, protege, entre otros, los derechos de las mujeres a la vida, al respeto de su integridad física, psíquica y moral; la libertad y seguridad personales; a no ser sometidas a torturas y el derecho a que se respete la dignidad inherente a su persona y que se proteja a su familia.

Que, asimismo, los Estados parte a dicha Convención se comprometen, entre otras cuestiones, a abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia contra la mujer y velar porque las autoridades, sus funcionarios, personal y agentes e instituciones se comporten de conformidad con esta obligación; a actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres y a establecer los mecanismos judiciales y administrativos necesarios para asegurar que la mujer en situación de violencia tenga acceso efectivo a resarcimiento, reparación del daño u otros medios de compensación justos y eficaces.

Que en el ámbito nacional, el Estado argentino sancionó la Ley N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales;

Que tal como dice el artículo 4 de la Ley 26.485, se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal, incluyendo las acciones perpetradas desde el Estado o por sus agentes.

Que en Argentina solamente en el año 2015, existieron once mil doscientos setenta y tres (11.273) casos de violencia doméstica denunciados en la OFICINA DE VIOLENCIA DOMÉSTICA de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN en el ámbito de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES;

Que desde su creación los Centros Integrales de Género han intervenido en ochocientos cincuenta y una (851) denuncias o consultas por cuestiones de género que se suscitan en el ámbito laboral y mil seiscientos noventa y un (1691) casos de violencia intrafamiliar que involucran a integrantes de las instituciones de seguridad;

Que atento esta perspectiva el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, a través de la Resolución N° 255/2016 creó la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE POLÍTICAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD, estableciendo como...

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