Resolución 1034/2008

Fecha de la disposición13 de Noviembre de 2008

OBJETO: Considerar los términos y condiciones del acuerdo preliminar 'CARTA DE ENTENDIMIENTO' arribado entre la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS y la empresa GASNEA SOCIEDAD ANONIMA en el marco del procedimiento de renegociación contractual desarrollado de conformidad con las Leyes Nº 25.561, 25.790, 25.820, 25.972, 26.077, 26.204 y 26.339, el Decreto Nº 311/03 y la Resolución Conjunta MEyP Nº 188/03 y MPFIPyS Nº 44/03.

AREA DE IMPLEMENTACION: La fijación de la fecha de realización, la implementación, organización general y Presidencia de la Audiencia Pública estará a cargo de la SECRETARIA EJECUTIVA de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS. El Secretario Ejecutivo de dicha Unidad deberá adoptar las decisiones e instrumentar las diversas acciones que resulten conducentes para la concreción y desarrollo de la mencionada Audiencia. A esos efectos la citada Unidad queda expresamente facultada para dictar los actos administrativos que resulten conducentes a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 12, 16 y 18 del Anexo I del Decreto Nº 1172/03.Asimismo, la SECRETARIA EJECUTIVA de la UNIDAD DE RENEGOCIACIONY ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS habilitará oportunamente el Registro de Participantes en el cual podrán inscribirse todos los interesados en tomar parte del trámite de la Audiencia Pública convocada.

FECHA, HORAY LUGAR DE CELEBRACION DE LA AUDIENCIA PUBLICA, LUGAR, HORARIO Y PLAZO PARA TOMAR VISTA DE LAS ACTUACIONES, INSCRIBIRSE PARA SER PARTICIPANTE Y PRESENTAR LA DOCUMENTACION RELACIONADA CON EL OBJETO DE LA AUDIENCIA: Serán oportunamente comunicados conforme lo dispuesto por el Artículo 6º de la Resolución Conjunta MEyP Nº 596 y MPFIPyS Nº 1250 de fecha 6 de noviembre de 2008, y publicados por idéntico medio por la SECRETARIA EJECUTIVA de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS.

Dr. JORGE GUSTAVO SIMEONOFF, Secretario Ejecutivo, Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos.

  1. 13/11/2008 Nº 16574/08 v. 14/11/2008 -- ACLARACION -ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESOLUCION GENERAL Nº 2300 TITULO II REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOSY LEGUMBRES SECAS.

    En la edición del 10 de noviembre de 2008 en la que se público el citado Aviso Oficial, se deslizó el siguiente error de imprenta:

    DONDE DICE: Cont. Púb. ANA M. BRANA, Directora, Dirección de Fiscalización Especializada.

    DEBE DECIR: Cont. Púb. ANA M. BRANA, Directora, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.

  2. 13/11/2008 Nº 16621/08 v. 13/11/2008 -- ACLARACION -BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'B' Nº 9375/2008

    En la edición 3 de noviembre de 2008 en la que se público el citado Aviso Oficial, se deslizó el siguiente error de imprenta:

    DONDE DICE: SUSANA L. MONTEAGUDO, Analista Principal de Estadísticas Monetarias.

    DEBE DECIR: SUSANA L. MONTEAGUDO, Analista Principal de Estadísticas Monetarias a/c.

  3. 13/11/2008 Nº 16639/08 v. 13/11/2008 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL RESOLUCIONES SINTETIZADAS Por Resolución Nº 2091 del 03/11/08 el Directorio del INAES, resuelve aceptar la renuncia del Dr.

    Carlos Armando LEICHNER (DNI Nº 13.839.973) dejando sin efecto su designación como Liquidador de SANTA INES ASOCIACION MUTUALISTA, matr. 379 - Capital Federal. Designa Liquidador de la mutual citada al Dr. Matías Hernán BEDOYA (D.N.I. Nº 22.080.543), cuyos honorarios encuadrarán exclusivamente y por todo concepto dentro del marco del convenio vigente entre este Instituto y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS - U.B.A. previa aprobación de la SECRETARIA DE CONTRALOR. El Liquidador designado deberá presentarse en los autos caratulados 'Santa Inés Asociación Mutualista s/Disolución de Sociedad', Expediente Nº 99.311/06, que tramitan por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 61 a fin de tomar la intervención que le compete.

    Por Resolución Nº 2090 del 03/11/08 el Directorio del INAES resuelve retirar la autorización para funcionar a la ASOCIACION MUTUAL SUPERVISORES FERROVIARIOS, matr. 659 - Provincia de Bs. As. disponiéndose su liquidación judicial. Asimismo, designa Liquidador al C.P.N. Pablo Mariano RUFINO (D.N.I. Nº 16.827.659), quien deberá solicitar ante el Sr. Juez con jurisdicción y competencia, la liquidación judicial de la referida mutual. Hasta tanto se provea de conformidad dicho trámite adoptará las medidas propias de un proceso liquidatorio en los términos de la Resolución Nº 119/88 - ex INAM. El proceso liquidatorio será presidido por los principios de la justicia distributiva y la igualdad jurídica de los acreedores. A tal fin el liquidador designado deberá requerir al Sr. Juez competente, por analogía con la Ley Nº 24.522 y en los plazos procesales oportunos, sin perjuicio de otras que considere complementarias o convenientes, y en...

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