Resolución 44 - E.

EmisorMinisterio de Produccion
Fecha de la disposición23 de Enero de 2017

Resolución 44 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2017

VISTO el Expediente Nº S01:0316073/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la cooperativa "CONSUMIDORES LIBRES COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE ACCIÓN COMUNITARIA" ha solicitado su reinscripción en el REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES.

Que mediante el inciso b) del Artículo 43 de la Ley Nº 24.240 se determina que es deber de la Autoridad de Aplicación mantener un REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES, siendo su competencia otorgar la autorización para funciona a dichas asociaciones conforme la disposición del Artículo 56 de la ley previamente consignada.

Que, asimismo, el Artículo 55 del Anexo I del Decreto Nº 1.798 de fecha 13 de octubre de 1994 prevé que, para poder funcionar como tales, las asociaciones de consumidores deben estar inscriptas en el Registro mencionado.

Que, a través de la Resolución Nº 90 de fecha 10 de mayo de 2016 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se han establecido los requisitos para la inscripción o reinscripción, según corresponda, de las asociaciones de consumidores constituidas como asociaciones civiles con personería jurídica en el REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES para poder funcionar como tales.

Que, mediante la Disposición Nº 19 de fecha 5 de julio de 2016 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se establecieron los criterios interpretativos y complementarios que resultaban pertinentes a fin garantizar cabalmente los intereses de los consumidores.

Que, conforme surge de las constancias agregadas a las actuaciones de la referencia, la cooperativa "CONSUMIDORES LIBRES COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE ACCIÓN COMUNITARIA" ha dado cumplimiento con los requisitos previstos en la normativa referenciada.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la...

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