Resolución 44/2019

Fecha de publicación10 Junio 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GESTIÓN CULTURAL
Ciudad de Buenos Aires, 06/06/2019

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2019-21402267- -APN-CGD#MECCYT,

CONSIDERANDO

Que por la Resolución MC N° 201/2016 se creó el PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA - “BECAR CULTURA” en el ámbito de la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL de la entonces SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL del entonces MINISTERIO DE CULTURA, aprobándose también su Reglamento de Bases y Condiciones.

Que el mencionado Reglamento de Bases y Condiciones del PROGRAMA “BECAR CULTURA” fue modificado por la Resolución Nº RESOL-2017-154-APN-MC, designándose a la entonces SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL como la Autoridad de Aplicación e Interpretación de dicha medida y del Reglamento del PROGRAMA.

Que la citada Resolución Nº RESOL-2017-154-APN-MC fue rectificada en su ARTÍCULO 1º por la Resolución Nº RESOL-2017-192-APN-MC, consignándose el Reglamento de Bases y Condiciones del PROGRAMA “BECAR CULTURA” como IF-2017-01418305-APN-SECIFYCI#MC.

Que por el ARTÍCULO 1º de la Resolución Nº RESOL-2018-277-APN-MC, se designó a esta SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GESTIÓN CULTURAL como la Autoridad de Aplicación e Interpretación de dicha medida y del Reglamento mencionado en el párrafo que antecede, facultando a la misma a la modificación total o parcial del mismo y designándosela como encargada de la instrumentación de todas las medidas pertinentes a fin de lograr su efectivo cumplimiento.

Que en ese sentido, esta SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GESTIÓN CULTURAL propicia la modificación del citado Reglamento del PROGRAMA “BECAR CULTURA” por el ANEXO I (IF-2019-52579369-APN-DNIFYCI#MECCYT) a la presente medida.

Que en esa línea y conforme lo estipulado por el ARTÍCULO 18 del propiciado Reglamento, corresponde aprobar la convocatoria 2019 de la Línea de Apoyo: Becas de Intercambio del mencionado PROGRAMA, así como las Bases Generales de Participación a dicha convocatoria que como ANEXO II (IF-2019-51113924-APN-DNIFYCI#MECCYT) integran la presente medida.

Que, asimismo, de acuerdo con establecido por el ARTÍCULO 19 del propiciado Reglamento, corresponde designar a los jurados expertos encargados de evaluar las postulaciones recibidas en el marco de la convocatoria 2019, asignándose a cada uno en concepto de honorarios la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000) conforme lo consignado en el ANEXO III (IF-2019-52156860-APN-DNIFYCI#MECCYT) a la presente medida...

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