Resolución 44/2019

Fecha de publicación15 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
undefinedBuenos Aires, 06/05/2019

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2019-16260624- -APN-DGDMT#MPYT y,

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente la Comisión Nacional de Trabajo Agrario decidió avocarse al tratamiento de la revisión de las remuneraciones mínimas para los trabajadores que se desempeñan en la actividad de COSECHA DE PAPA, en el ámbito de las Provincias de BUENOS AIRES y LA PAMPA

Que los representantes sectoriales han coincidido en cuanto a la pertinencia de los valores y el incremento en las remuneraciones mínimas de la actividad, correspondiendo en consecuencia su determinación.

Que, asimismo, deciden instaurar una cuota aporte de solidaridad gremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, determinar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo de percepción por la entidad sindical signataria.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de COSECHA DE PAPA con vigencia a partir del 1° de marzo de 2019 hasta el 29 de febrero de 2020, en el ámbito de las Provincias de BUENOS AIRES y LA PAMPA, conforme se consigna en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°.- Las remuneraciones establecidas en la presente mantendrán su vigencia aún vencido el plazo previsto en el artículo 1º, y hasta tanto no sean reemplazadas por las fijadas...

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