Resolución 439/2021

Fecha de publicación16 Junio 2021
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA


Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2021

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-AFI: 288/2021, lo dispuesto por la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, modificada por su similar Ley N° 27.126 y por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 214 del 4 de marzo de 2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 52 del 20 de diciembre de 2019, los Decretos Nros. 1311 del 6 de julio de 2015 modificado por el Decreto N° 2415 del 18 de noviembre de 2015, 987 del 10 de diciembre de 2020 y 359 del 4 de junio de 2021, y la Resolución N° 1697 del 17 de diciembre de 2020 del registro de esta AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 987/20 se dispuso la intervención de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, otorgando a la Interventora las facultades de gobierno y administración del Organismo establecidas en la Leyes N° 25.520 y 27.126, el Decreto N° 1311/15 y el Decreto N° 2415/15.

Que por el Decreto N° 359/21 se prorrogó por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, a contar desde la finalización del término fijado en el artículo 1° del Decreto N° 987/20, la intervención dispuesta por el decreto mencionado precedentemente.

Que conforme lo establecido en el inciso 1° del artículo 13 de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, modificada por su similar Ley N° 27.126, la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA tiene la función específica de formular el Plan de Inteligencia Nacional.

Que a su vez, el artículo 6° de la citada norma dispone la conformación del Sistema de Inteligencia Nacional, en tanto que su artículo 7° prevé que la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA es el organismo superior de dicho sistema y dirige el mismo, abarcando los organismos que lo integran.

Que el Plan de Inteligencia Nacional debe elaborarse a partir del análisis del conjunto de las problemáticas de Intereses Estratégicos de la Nación, la Defensa Nacional y la Seguridad Interior.

Que el referido plan es el documento de planificación que orienta los cursos de acción para alcanzar los objetivos establecidos por los lineamientos estratégicos fijados por el Presidente de la Nación, y al mismo tiempo permite dirigir y articular las actividades y el funcionamiento del Sistema de Inteligencia Nacional, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley N° 25.520 y sus modificatorias.

Que en este marco, por la Resolución N° 1697/20 de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, se creó la Comisión para la Elaboración del Plan de Inteligencia Nacional, con el...

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