Resolución 3127/2008

Fecha de la disposición28 de Octubre de 2008

No corresponde.

  1. VIRUELA Fue incluida como patología de notificación obligatoria por el Reglamento Sanitario Internacional (2005), utilizándose para la notificación entre los Estados Parte del MERCOSUR la definición de caso proporcionada por la OMS como se menciona en el Anexo 2 de dicho Reglamento.

  2. ENFERMEDAD DE CHAGAS a. Que viajen a zonas de riesgo de transmisión:

Para prevenir la transmisión vectorial: Se recomienda evitar dormir en casas de adobe o con techos de palma o acampar al aire libre en zonas rurales de áreas endémicas.

Uso de insecticidas en casas potencialmente infestadas.

Para prevenir la transmisión oral: Consumir alimentos producidos con buenas prácticas de manufactura o con utilización de otros métodos que eviten la contaminación.

  1. Que procedan de zonas de riesgo de transmisión:

    No corresponde.

  2. Que hayan compartido un medio de transporte con casos:

    No corresponde.

    MINISTERIO DE JUSTICIA,

    SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Resolución 3122/2008

    Créase la Comisión de Estudios de los Principios Penales del Mercosur.

    Bs. As., 22/10/2008

    VISTO el Expediente Nº 171.861/08 del registro de este Ministerio y la Ley Nº 26.338, y CONSIDERANDO:

    Que la REPUBLICA ARGENTINA ha suscripto el Tratado de Asunción que diera creación al Mercado Común del Sur (MERCOSUR), adquiriendo la calidad de Estado Miembro, al igual que la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, y la REPUBLICA DE PARAGUAY, complementado por el Tratado de Ouro Preto.

    Que en el artículo primero de dicho instrumento los Estados Miembros plasmaron el compromiso de 'armonizar sus legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración'.

    Que la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ha adherido al MERCOSUR a través del Protocolo de Adhesión del 4 de julio de 2006.

    Que a través de la DCM 2/96 se aprobó el Protocolo de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales que establece la necesidad de armonizar las legislaciones en función de los objetivos comunes de los Estados Parte del MERCOSUR.

    Que, por su parte tanto la REPUBLICA ARGENTINA, como el resto de los Estados miembro del MERCOSUR, han ratificado una serie de instrumentos internacionales de Derechos Humanos, entre los que se encuentran la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Convención Internacional sobre Derechos del Niño.

    Que, teniendo en cuenta la oportunidad histórica que se presenta para el bloque del MERCOSUR, surge la inminente necesidad de abordar las legislaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR