Resolución 464/2008

Fecha de la disposición24 de Octubre de 2008
ARTICULO 8º

En la ocurrencia de los casos citados precedentemente, TEST GAS S.R.L.

estará obligada a mantener y acreditar ante el ENARGAS, la vigencia del Seguro de Responsabilidad Civil y el de Caución durante el tiempo de vigencia de su última operación efectuada.

ARTICULO 9º

Regístrese por SECRETARIA; notifíquese a la firma TEST GAS S.R.L.;

publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Ing.

ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

e. 24/10/2008 Nº 14203/08 v. 24/10/2008 ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución Nº 464/2008

Bs. As., 15/10/2008

VISTO que con fecha 17 de marzo de 1995, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (en adelante, ENARGAS) ha dictado la Resolución Nº 139/95 (BO; 28/3/95), y CONSIDERANDO:

Que en el Expediente ENARGAS Nº 1428, se tramita la solicitud incoada por OLIVERO Y RODRIGUEZ S.A.I.C.F.I. (OYRSA S.A.) para ser reinscripta como PRODUCTOR DE EQUIPOS COMPLETOS PARA GNC (PEC) con CIENTO UNO (101) Talleres de Montaje en adelante,

FABRICANTE DE COMPRESORES, SURTIDORES, PARTES Y ACCESORIOS PARA GNC (FAB), como así también, la solicitud de Ampliación de la matrícula para IMPORTADOR DE COMPRESORES,

SURTIDORES, PARTES,Y ACCESORIOS PARA GNC (IMP), en el respectivo Registro de Matrículas Habilitantes, creado por la Resolución antes citada.

Que la postulante aportó la información técnica, contable y legal correspondiente a esa firma y a su representante técnico, conforme los requisitos establecidos por el ENARGAS a este efecto.

Que a tenor de lo expuesto en los informes de la Gerencia de GNC Nº 512/08 (fs. 3189/3192), y la Gerencia de Desempeño y Economía Nº 160/08 (fs. 3097/3098), se concluye que la postulante aportó la información técnica, contable y administrativa correspondiente a esa firma y a su representante técnico, conforme los requisitos establecidos por el ENARGAS a este efecto.

Que acorde con lo concluido en los Informes de Seguros emitidos por la Gerencia de GNC (fs. 3182 y 3183), esta Autoridad Regulatoria entiende que las pólizas exhibidas por OLIVERO Y RODRIGUEZ S.A.I.C.F.I. (OYRSA S.A.) resultan satisfactorias, por lo que se determina que esa firma ha otorgado debido cumplimiento a la presentación de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil en los términos de la Resolución ENARGAS Nº 591/98, y de las garantías patrimoniales establecidas en la Resolución ENARGAS Nº 2592/02 y su modificatoria, la Resolución ENARGAS Nº 2771/02.

Que conforme el Dictamen Jurídico de la Gerencia de Asuntos Legales Nº 1022/08 (fs.3193/3194), y en concordancia con lo establecido en la Resolución ENARGAS Nº 139/95 y la normativa vigente para la actividad, es posible concluir que OLIVEROY RODRIGUEZ S.A.I.C.F.I. (OYRSA S.A.) ha dado total cumplimiento a los requisitos para su reinscripción en el Registro de Matrículas Habilitantes, por lo que se encuentra en condiciones de ser autorizada a operar como PRODUCTOR DE EQUIPOS COMPLETOS PARA GNC (PEC) con CIENTO UNO (101) Talleres de Montaje en adelante,

FABRICANTE DE COMPRESORES, SURTIDORES, PARTES Y ACCESORIOS PARA GNC (FAB), E IMPORTADOR DE COMPRESORES, SURTIDORES, PARTES, Y ACCESORIOS PARA GNC (IMP).

Que el Interventor del ENARGAS se encuentra facultado para emitir este acto en mérito a lo establecido en el Decreto Nº 571/07, el Decreto Nº 1646/07, el Decreto Nº 953/08, y en virtud de los artículos 52 inciso b) y 86 de la Ley 24.076 y su Decreto reglamentario No. 1738/92.

Por ello;

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Autorizar a OLIVERO Y RODRIGUEZ S.A.I.C.F.I. (OYRSA S.A.) por el término de TRES (3) AÑOS y SEIS (6) MESES a partir del día 16 de septiembre de 2008, a operar en carácter de PRODUCTOR DE EQUIPOS COMPLETOS PARA GNC (PEC) con CIENTO UNO (101) Talleres de Montaje en adelante, FABRICANTE DE COMPRESORES, SURTIDORES, PARTES Y ACCESORIOS PARA GNC (FAB), E IMPORTADOR DE COMPRESORES, SURTIDORES, PARTES,

Y ACCESORIOS PARA GNC (IMP), conforme lo establecido en la Resolución ENARGAS Nº 139/95, la Resolución ENARGAS Nº 29/07; sus modificatorias y la normativa vigente.

ARTICULO 2º

Renuévesele a OLIVERO Y RODRIGUEZ S.A.I.C.F.I. (OYRSA S.A.) la MATRICULA ENARGAS Nº 1072, para la actividad de PRODUCTOR DE EQUIPOS COMPLETOS PARA GNC (PEC), y otórgasele la MATRICULA ENARGAS Nº 3214, para FABRICANTE DE COMPRESORES, SURTIDORES, PARTES Y ACCESORIOS PARA GNC (FAB), E IMPORTADOR DE COMPRESORES, SURTIDORES, PARTES, Y ACCESORIOS PARA GNC (IMP).

ARTICULO 3º

Producido el Acto citado en el ARTICULO precedente, la firma OLIVERO Y RODRIGUEZ S.A.I.C.F.I. (OYRSA S.A.) deberá cumplir con lo indicado a continuación, bajo apercibimiento de inhabilitación, sin necesidad de previa notificación por parte de este Organismo:

  1. El FABRICANTE/IMPORTADOR deberá liberar al mercado...

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