Resolución 1270/2008

EmisorSecretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2008

ANEXO X A LA RESOLUCION Nº 318 Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa INDUSTRIA Resolución 319/2008

Régimen de Incentivo a la Competitividad de las Autopartes Locales. Apruébase el proyecto de inversión presentado por la empresa Ford Argentina S.C.A.

Bs. As., 16/10/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0335763/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 774 de fecha 5 de julio de 2005 estableció un régimen de Incentivo a la Competitividad de las Autopartes Locales que sean adquiridas por las empresas fabricantes de determinados productos automotores.

Que los beneficios del régimen se traducen en la posibilidad de obtener el pago de un reintegro en efectivo sobre el valor ex fábrica de las compras de autopartes locales, que sean adquiridas por las empresas fabricantes de los productos automotores indicados en el Artículo 3º del Decreto Nº 774/05, que cuenten con establecimiento industrial radicado en el Territorio Nacional al amparo del Decreto Nº 939 de fecha 26 de julio de 2004.

Que conforme dispone el Artículo 3º del Decreto Nº 774/05, las autopartes deben estar destinadas a la fabricación de plataformas nuevas de los productos que estipula, y a la producción de los ítems automotores que define en el inciso c).

Que las plataformas nuevas pueden ser nuevas exclusivas o nuevas no exclusivas conforme las define el Artículo 4º del Decreto Nº 774/05.

Que el Artículo 10, inciso a) del mencionado decreto instituye para las plataformas nuevas exclusivas un reintegro equivalente al OCHO POR CIENTO (8%) de su valor ex fábrica antes de impuestos en el primer año de producción de vehículo, al SIETE POR CIENTO (7%) en el segundo y al SEIS POR CIENTO (6%) en el tercero de producción de dicho vehículo.

Que el proyecto de inversión presentado por la Empresa FORD ARGENTINA S.C.A.

destinado a la fabricación de vehículos automotor basados en una plataforma nueva exclusiva, se encuentra enmarcado en lo dispuesto por el Decreto Nº 774/05 y la Resolución Nº 166 de fecha 9 de junio de 2006 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el mencionado proyecto ha sido analizado por el área técnica dentro de la órbita de la Dirección Nacional de Industria dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que en las sucesivas etapas de evaluación, los equipos técnicos en la materia se han pronunciado respecto al cumplimiento de los requisitos de índole legal y formal de la presentación efectuada, como así también respecto de la exclusividad de la plataforma y a la consistencia de las inversiones declaradas en relación a los principales objetivos del proyecto presentado.

Que con posterioridad se ha procedido a evaluar el impacto económico del proyecto ponderando los aspectos cuantitativos y cualitativos en particular como así también el aspecto económico financiero de los recursos de la empresa respecto al proyecto presentado.

Que del análisis practicado surge que ha sido evaluado favorablemente, y encuadrado en los Artículos 3º en cuanto se refiere a automóviles y utilitarios de hasta MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (1.500

Kg) y 4º, incisos b) y c) en cuanto se refiere a una plataforma nueva y exclusiva del Decreto Nº 774/05. El proyecto presentado por la Empresa FORD ARGENTINA S.C.A. se encuentra de conformidad con las previsiones de la Resolución Nº 166/06 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y...

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