Resolución 435/2019

Fecha de publicación23 Octubre 2019
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2019

VISTO el Expediente EX-2018-66821122-APN-DMEYD#AABE y su asociado EX-2016-00749767-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1 de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), la Resolución N° 108 de fecha 15 de agosto de 2014 de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la presentación de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO DE ARECO, por la que solicita la asignación en uso de un sector del bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la Avenida Güiraldes S/Nº entre calle Burgueño y la Ruta Provincial Nº 31, de la Localidad de SAN ANTONIO DE ARECO, Partido de SAN ANTONIO DE ARECO, Provincia de BUENOS AIRES, identificado catastralmente como Partido 95 - Circunscripción I – Sección B – Fracción I – Parcela 2B, correspondiente al CIE Nº 06-0007955-7 en jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, con una superficie aproximada de TRES MIL METROS CUADRADOS (3.000 m2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2019-78086674-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO DE ARECO informa que el inmueble mencionado se destinará para la dotación de infraestructura en el corto, mediano y largo plazo, como recurso imprescindible para garantizar el desarrollo de las actividades universitarias.

Que por Resolución Nº 108 de fecha 15 de agosto de 2014 de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, se otorgó a favor de la MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE ARECO, el uso precario y gratuito del sector del inmueble mencionado, a los fines de ser destinado a la construcción de un Centro de día de Prevención Local de Adicciones (CEPLA).

Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de verificar las condiciones de ocupación de dicho inmueble, surge que el sector cedido en uso precario y gratuito a la MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE ARECO, se encuentra desocupado, con materiales de construcción en estado de abandono y con un cerco perimetral, no habiéndose realizado ningún tipo de actividad concordante con el destino previsto en la Resolución Nº 108 de fecha 15 de agosto de 2014.

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