Resolución 780/2008

Fecha de la disposición14 de Octubre de 2008

Que mediante el Convenio de Préstamo mencionado en el Visto se ejecuta con el financiamiento parcial del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, el SEGUNDO PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, con el objeto de asegurar la correcta continuidad del desarrollo de los planes de acción previstos, resulta necesario contratar personal técnico y profesional que cuente con suficiente experiencia e idoneidad para permitir la adecuada consecución de los objetivos del Proyecto.

Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por el Decreto Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el titular de la Jurisdicción en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente inferior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.).

Que a efectos de dar cumplimiento a la normativa precedentemente citada, corresponde aprobar el contrato de locación de servicios suscriptos, ad referéndum de su aprobación por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre la Directora Nacional Alterna del Proyecto (Préstamo BIRF 7449-AR) y el consultor individualizado en el Anexo I de la presente, conforme al período y monto allí consignado.

Que, previo a dar trámite a la presente contratación se ha verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASESORAMIENTO LEGAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, así como la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 577/2003, modificado por el Decreto 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Dase por aprobado el contrato de locación de servicios suscripto entre la Directora Nacional Alterna del Proyecto (Préstamo BIRF 7449-AR) y el consultor individual detallado en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente, por el período y monto mensual allí indicado.

ARTICULO 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTICULO 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- SERGIO TOMAS MASSA, Jefe de Gabinete de Ministros.

ANEXO I Nombre y Apellido Tipo y Nº de Doc.

Vigencia Función y Rango Monto Mensual Dedicación Damián Matías ANTONIUTTI D.N.I. 31.857.271

01/07/2008 31/12/2008

Consultor B,

Rango I $ 2.440,00 100% e. 14/10/2008 Nº 12666/08 v. 14/10/2008 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Resolución Nº 78/2008

Bs. As., 6/10/2008

VISTO el Expediente Nº 003277/2008 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Convenio de Préstamo BIRF Nº 7449-AR, los Decretos Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y Nº 577, de fecha 7 de agosto de 2003, modificado por el Decreto Nº 149/07 y CONSIDERANDO:

Que mediante el Convenio de Préstamo mencionado en el Visto se ejecuta con el financiamiento parcial del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, el SEGUNDO PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, con el objeto de asegurar la correcta continuidad del desarrollo de los planes de acción previstos, resulta necesario contratar personal técnico y profesional que cuente con suficiente experiencia e idoneidad para permitir la adecuada consecución de los objetivos del Proyecto.

Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por el Decreto Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el titular de la Jurisdicción en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente inferior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.).

Que a efectos de dar cumplimiento a la normativa precedentemente citada, corresponde aprobar los contratos de locación de servicios y locación de obra suscriptos, ad referéndum de su aprobación por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el Coordinador General del Proyecto (Préstamo BIRF 7449-AR) y los consultores individualizados en el Anexo I de la presente, conforme a los períodos y montos allí consignados.

Que, previo a dar trámite a las presentes contrataciones se ha verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASESORAMIENTO LEGAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, así como la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 577/2003, modificado por el Decreto 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Danse por aprobados los contratos de locación de servicios...

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