Resolución 1092/2008

Fecha de la disposición14 de Octubre de 2008

MAYOR (GUMA), para su establecimiento ubicado en la Calle Ombú Nº 3700, SAN JUSTO, Provincia de BUENOS AIRES, a partir del 1º de agosto de 2008, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.

ARTICULO 2º

Establécese que la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.) deberá prestar a la firma citada, en el punto de suministroindicado,laFUNCIONTECNICADETRANSPORTEDEENERGIAELECTRICA(FTT)según lo establecido en el Contrato de Concesión del Servicio Público de Distribución correspondiente.

ARTICULO 3º

Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a notificar al nuevo agente, al generador que celebró contrato con él y a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.) e informar a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) lo resuelto en el presente acto.

ARTICULO 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.

e. 14/10/2008 Nº 12756/08 v. 14/10/2008 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA Resolución Nº 1090/2008

Bs. As., 7/10/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0308808/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que la Firma WAROLY SOCIEDAD ANONIMA ha presentado la solicitud correspondiente para el reconocimiento de su Planta como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), en la condición de GRAN USUARIO MENOR (GUME), conforme lo establecen la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992, del Registro de la ex SECRETAR1A DE ENERGIA ELECTRICA y la Resolución Nº 137 de fecha 30 de noviembre de 1992, del Registro de la SECRETARIA DE ENERGIA, ambas dependientes del ex MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRASY SERVICIOS PUBLICOS y sus modificatorias.

Que la firma solicitante para la vinculación de las instalaciones eléctricas con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) deberá contar con la prestación de la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT) de la COOPERATIVA ELECTRICA DE CONSUMO Y OTROS SERVICIOS DE SALADILLO LIMITADA.

Que mediante Nota SECRETARIA DE ENERGIA Nº 287 de fecha 18 de marzo de 2008 se estableció que los recargos que debieran aplicarse a aquellos demandantes que incumplieron con las solicitudes de reducción de carga durante el mes de julio del ario 2007, serán mantenidos en suspenso si celebran compromisos contractuales con vigencia al 1º de julio de 2008.

Que posteriormente mediante Nota SECRETARIA DE ENERGIA Nº 501 de fecha 21 de mayo de 2008 se postergó al 1º de agosto de 2008 el mantenimiento en suspenso de los recargos mencionados en el párrafo anterior dando un tratamiento excepcional al ingreso o reingreso al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de aquellos demandantes que cumplan con lo establecido en los puntos 5 y 6 de la Nota SECRETARIA DE ENERGIA Nº 287 de fecha 18 de marzo de 2008.

Que la presentación de la solicitud correspondiente ha sido publicada en el Boletín Oficial Nº 31.461 de fecha 5 de agosto de 2008, no habiéndose presentado objeciones u oposiciones derivadas de la antedicha publicación.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA RESUELVE:

ARTICULO 1º

Autorízase con carácter excepcional el ingreso de la FirmaWAROLY SOCIEDAD ANONIMA para su Planta ubicada en la Ruta 205 Km 180,5, en la Localidad de SALADILLO, Provincia de BUENOS AIRES como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), en su condición de GRAN USUARIO MENOR (GUME), a partir del 1º de agosto de 2008, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.

ARTICULO 2º

Establécese que la COOPERATIVA ELECTRICA DE CONSUMO Y OTROS SERVICIOS DE SALADILLO LIMITADA deberá prestar a los agentes cuyo ingreso se autoriza por el presente acto, la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT) según lo determinado en la Resolución Nº 672 de fecha 15 de mayo de 2006 del Registro de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 3º

Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a notificar al nuevo agente, al generador o comercializador que celebró contrato con él y a la COOPERATIVA ELECTRICA DE CONSUMO Y OTROS SERVICIOS DE SALADILLO LIMITADA e informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.

ARTICULO 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.

e. 14/10/2008 Nº 12758/08 v. 14/10/2008 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA Resolución Nº 1091/2008

Bs. As., 7/10/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0223067/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS, en uso de las facultades del ESTADO NACIONAL y sin perjuicio del carácter federal de las vinculaciones de los Grandes Usuarios con el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), consideró conveniente establecer las condiciones básicas cuyo cumplimiento...

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