Resolución 1090/2008
Fecha de la disposición | 14 de Octubre de 2008 |
MAYOR (GUMA), para su establecimiento ubicado en la Calle Ombú Nº 3700, SAN JUSTO, Provincia de BUENOS AIRES, a partir del 1º de agosto de 2008, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
Establécese que la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.) deberá prestar a la firma citada, en el punto de suministroindicado,laFUNCIONTECNICADETRANSPORTEDEENERGIAELECTRICA(FTT)según lo establecido en el Contrato de Concesión del Servicio Público de Distribución correspondiente.
Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a notificar al nuevo agente, al generador que celebró contrato con él y a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.) e informar a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) lo resuelto en el presente acto.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.
e. 14/10/2008 Nº 12756/08 v. 14/10/2008 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA Resolución Nº 1090/2008
Bs. As., 7/10/2008
VISTO el Expediente Nº S01:0308808/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que la Firma WAROLY SOCIEDAD ANONIMA ha presentado la solicitud correspondiente para el reconocimiento de su Planta como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), en la condición de GRAN USUARIO MENOR (GUME), conforme lo establecen la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992, del Registro de la ex SECRETAR1A DE ENERGIA ELECTRICA y la Resolución Nº 137 de fecha 30 de noviembre de 1992, del Registro de la SECRETARIA DE ENERGIA, ambas dependientes del ex MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRASY SERVICIOS PUBLICOS y sus modificatorias.
Que la firma solicitante para la vinculación de las instalaciones eléctricas con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) deberá contar con la prestación de la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT) de la COOPERATIVA ELECTRICA DE CONSUMO Y OTROS SERVICIOS DE SALADILLO LIMITADA.
Que mediante Nota SECRETARIA DE ENERGIA Nº 287 de fecha 18 de marzo de 2008 se estableció que los recargos que debieran aplicarse a aquellos demandantes que incumplieron con las solicitudes de reducción de carga durante el mes de julio del ario 2007, serán mantenidos en suspenso si celebran compromisos contractuales con vigencia al 1º de julio de 2008.
Que posteriormente mediante Nota SECRETARIA DE ENERGIA Nº 501 de fecha 21 de mayo de 2008 se postergó al 1º de agosto de 2008 el mantenimiento en suspenso de los recargos mencionados en el párrafo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba