Resolución 43/2021

Fecha de publicación30 Marzo 2021
SecciónResoluciones
EmisorCONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES


Ciudad de Buenos Aires, 26/03/2021

VISTO el EX-2021-08234281-APN-DDYME#CNCPS, el Decreto N° 357 del 22 de febrero de 2002, el Decreto N° 880 de fecha 21 de julio de 2016, el Decreto Nº 598 de fecha 16 de julio de 2020, el Decreto 667 del 13 de agosto de 2020 y;

CONSIDERANDO:

Que el Defensor del Pueblo es un órgano de garantía, unipersonal, autónomo e independiente, que promueve los derechos individuales y colectivos de los habitantes de la provincia de Buenos Aires y quienes se encuentren en tránsito por ella.

Que el Defensor del Pueblo tiene a su cargo la defensa de los derechos individuales y colectivos de los habitantes, ejerciendo su misión frente a los hechos u omisiones de la Administración pública, fuerzas de seguridad, entes descentralizados o empresas del Estado que impliquen el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario o negligente de sus funciones.

Que la Defensoría del Pueblo es un organismo de Derechos Humanos, en tanto, protege, garantiza y promociona los derechos de todas las personas que habitan el territorio provincial, independientemente de las diferencias nacionales, étnicas, culturales, religiosas, sociales o políticas. Es por esto, que sus criterios fundamentales de acción se basan en la no neutralidad, trabajando para el fortalecimiento de la democracia en sentido amplio, garantizando el acceso a derechos y actuando en favor de los sectores vulnerables; y en la no judicialización, buscando alternativas que permitan resolver los conflictos de forma menos costosa y más efectiva, como la mediación y el diálogo.

Que, consecuentemente, la Defensoría del Pueblo, debe controlar a las instituciones y funcionarios/as de gobierno para el cumplimiento de sus deberes y el respeto de la Constitución y las leyes, ejerciendo la magistratura de opinión y persuasión no a través de la confrontación sino de la colaboración crítica.

Que al Orden n° 34, obra el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TECNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN TECNICA Y ASISTENCIA RECÍPROCA (CONVE-2021-12827047-APN-DNCYPNPS#CNCPS), firmado el 11-2-2021 y celebrado entre este CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, tendiente a aunar medios y esfuerzos para el desarrollo de las actividades de cooperación, con la finalidad de alcanzar objetivos comunes a ambas instituciones.

Que al Orden n° 35, obra el PROTOCOLO ADICIONAL 1 AL CONVENIO DE...

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