Resolución 37/2008

Fecha de publicación24 Septiembre 2008
Fecha de disposición24 Septiembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31496

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA

Resolución Nº 37/2008

Bs. As., 16/9/2008

VISTO, el Expediente Nº 1353/08 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, la Ley Nº 24.800 y su Decreto Reglamentario Nº 991 del 24 de septiembre de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que por el artÃculo 7º de la Ley Nº 24.800 se creó el INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo rector para la promoción y apoyo de la actividad teatral, como ente autárquico en Jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la norma de creación dispuso que el organismo sea conducido por un Consejo de Dirección integrado, entre otros, por UN (1) Representante del Quehacer Teatral por cada una de las Regiones Culturales del paÃs y de CUATRO (4) a SEIS (6) Representantes del Quehacer Teatral Nacional.

Que el Decreto Nº 991/97, Reglamentario de la Ley Nacional del Teatro Nº 24.800, en su artÃculo 12, determinó la cantidad de regiones culturales, facultando al Consejo de Dirección a modificar su número y conformación, de lo que resulta la existencia de SEIS (6) regiones culturales.

Que la Ley de creación del organismo previó la existencia de cargos de representantes provinciales de las regiones culturales argentinas, eligiéndose uno por cada una de las provincias y uno por la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Que los representantes mencionados en el considerando precedente eligen, entre ellos, a los representantes de las regiones culturales del paÃs.

Que de conformidad con el artÃculo 10 de la Ley Nº 24.800, los Representantes Provinciales de las regiones culturales argentinas y los Representantes del Quehacer Teatral Nacional serán designados mediante un concurso público de antecedentes y oposición convocado especÃficamente para cubrir dichos cargos de acuerdo a normas establecidas por el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (INAP), o el organismo que lo reemplace en sus funciones.

Que por el artÃculo 2º del Decreto Nº 889 del 10 de julio de 2001 se sustituyó el artÃculo 1º de la Ley Nº 20.173 disponiendo que el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA funcionará como organismo centralizado dependiente de la ex SECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO, actual SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta necesario establecer las reglas básicas que regulen el concurso público de antecedentes y oposición para la cobertura de los cargos antes mencionados.

Que el Consejo de Dirección del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO ha aprobado, mediante Acta Nº 209 de fecha 9 y 10 de junio de 2008, los términos contenidos en la propuesta de reglamento que se somete a consideración.

Que...

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