Resolución 427.

Fecha de disposición19 Marzo 2018
Fecha de publicación19 Marzo 2018
SecciónResoluciones

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 427/2018

Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2018

VISTO el EX2017-34824640-APN-GA#INCAA, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y sus modificatorias, y Nº 769 de fecha 9 de junio de 2016 y la Resolución INCAA Nº 1477 de fecha 24 de noviembre de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución INCAA Nº 1477-E/2017 se creó el COMITÉ DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DOCUMENTALES, el cual estará conformado por 5 (CINCO) integrantes, que tendrá como finalidad emitir dictamen respecto a la pertinencia de la asignación de los beneficios establecidos para los proyectos documentales encuadrados dentro de lo establecido en la Resolución INCAA N° 1/2017 que regula el otorgamiento de los subsidios por otros medios de exhibición y los que hayan sido presentados en el marco de lo previsto por la Resolución 1477-E/2017.

Que dicho Comité evaluará hasta CUARENTA (40) proyectos documentales, los cuales ingresarán al Comité desde la Gerencia de Fomento a la Producción Audiovisual, a medida que se vayan presentando con los requisitos completos que avalan su presentación.

Que el Comité tendrá un plazo máximo de TRES (3) meses desde su designación y conformación definitiva para emitir los dictámenes pertinentes, no impidiendo este plazo dictaminar los proyectos sometidos a su consideración en un lapso menor.

Que los miembros de dicho Comité cesarán en sus funciones a los TRES (3) meses o luego de haber evaluado CUARENTA (40) proyectos, contados a partir del momento de su designación.

Que de acuerdo a la cantidad de proyectos presentados y en condiciones de ser evaluados por los Comités, y al ritmo de presentación de los mismos, puede suceder que más de un Comité se encuentre en funciones en forma simultanea dado el carácter de las tareas a cumplir.

Que resulta necesario otorgar dinamismo y continuidad en el análisis permanente de los proyectos, a los efectos de evitar demoras que pudieran perjudicar a los administrados.

Que dichos miembros son designados, conforme lo previsto en el Artículo 5º y concordantes de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, por el...

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