Resolución Nº 141/GCABA/SECPLAN/13

FirmantesLostri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013, Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

RESOLUCIÓN N° 141/SECPLAN/13

Buenos Aires, 1 de marzo de 2013

VISTO:

El Expediente N° 1070138/2009 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle José Luis

Cantilo N° 4859, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a

Vivienda Unifamiliar;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 43,31m2 de los cuales

24,78m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Hall; PA: Baño, Lavadero,

Alero y Dormitorio), en tanto que 18,53m2 en forma no reglamentaria (PA: Baño, Vestidor y

Dormitorio) según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes

que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 12) y los planos presentados para

regularizar la situación (fojas 62 y 64 a 67); con destino "Vivienda Unifamiliar";

Que obra a fojas 21/22 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada

del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedad

horizontal, según consta a fojas 14;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos

que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.3.1 "Áreas y Lados Mínimos de Locales de

Primera Clase", el Art. 4.6.3.4 "Escaleras Principales, sus Características" y el Art. 4.6.4.2

"Iluminación y Ventilación de Locales de Primera Clase", todos del Código de la

Edificación;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en

contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N°

1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n°

24.887. Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 76 las obras ejecutadas sin permiso

citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones

reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer

los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 21/22), las

mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y

de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier...

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