Resolución 4053/2008

Fecha de publicación18 Septiembre 2008
Fecha de disposición18 Septiembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31492
Art. 5º

Apruébase la compensación a la firma CANUT HNOS. S.R.L. por la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL SESENTA Y SEIS CON SEIS CENTAVOS ($ 110.066,06) correspondiente al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del importe solicitado por la diferencia entre PESOS SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 0,75) y PESOS CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 0,55) por litro de leche cruda destinada a elaborar productos lácteos para su comercialización en el mercado interno, abonado en el mes de septiembre de 2007.

Art. 6º

Apruébase la compensación a la firma CANUT HNOS. S.R.L. por la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 45.594,69) correspondiente al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del importe solicitado por la diferencia entre PESOS SETENTAY CINCO CENTAVOS ($ 0,75) y PESOS CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 0,55) por litro de leche cruda destinada a elaborar productos lácteos para su comercialización en el mercado interno, abonado en el mes de octubre de 2007.

Art. 7º

Apruébase la compensación a la firma CANUT HNOS. S.R.L. por la suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON DOS CENTAVOS ($ 128.759,02) correspondiente al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del importe solicitado por la diferencia entre PESOS SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 0,75) y PESOS CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 0,55) por litro de leche cruda destinada a elaborar productos lácteos para su comercialización en el mercado interno, abonado en el mes de noviembre de 2007.

Art. 8º

Apruébase la compensación a la firma CANUT HNOS. S.R.L. por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 134.294,99) correspondiente al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del importe solicitado por la diferencia entre PESOS SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 0,75) y PESOS CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 0,55) por litro de leche cruda destinada a elaborar productos lácteos para su comercialización en el mercado interno, abonado en el mes de diciembre de 2007.

Art. 9º

Autorízase el pago de las compensaciones consignadas en el Artículo 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º de la presente medida, a la firma CANUT HNOS. S.R.L., C.U.I.T.

Nº 30-65989346-7, Clave Bancaria Uniforme 3880185710100002234052, el que asciende a la suma total de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTE CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 761.320,99).

Art. 10 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Ricardo Echegaray Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario INDUSTRIA LACTEA Resolución 4053/2008

Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado mediante la Resolución N° 9/2007 del Ministerio de Economía y Producción.

Bs. As., 15/9/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0274860/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 2419 de fecha 30 de julio de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se autorizó el pago a la firma...

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