Resolución 4266/2022

Fecha de publicación13 Mayo 2022
SecciónResoluciones
EmisorREGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES


Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2022

VISTO:

La Ley Nº 25.191, el Decreto Reglamentario PEN Nº 453/01 (B.O. 26.01.2001), la Resolución RENATRE N° 01/22 (B.O 14/01/2022), la Resolución RENATRE N° 758/22 (B.O.02/02/2022), el Acta de Directorio N° 111/22 de fecha 21 de abril de 2022 y;

CONSIDERANDO:

Que el RENATRE fue creado por la Ley 25.191, disponiendo en su ARTICULO 7º- “…que tendrá el carácter de Ente Autárquico de Derecho Público no Estatal…”; “…En él deberán inscribirse obligatoriamente los empleadores y trabajadores comprendidos en el régimen de esta ley según lo determinado por el artículo 3º…” (sic).

Que mediante Resolución del RENATRE N° 01 de fecha 6 de Enero de 2022 (B.O. 14/01/2022) se designó al Sr. Roberto BUSER (DNI 8.546.549) como Presidente del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE) por el periodo comprendido entre el 01.01.2022 al 31.12.2022.

Que mediante Resolución RENATRE N° 758/22 (B.O 02/02/2022) se aprobó el PLAN DE FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL -Leyes /N° 25.191 y N° 26.727 ss. y cc.- para el periodo 2022, destinado a empleadores rurales de todo el país con el objeto de cancelar las obligaciones de la seguridad social adeudadas al 31.12.2022.

Que, tras su implementación, la Subgerencia de Recaudación y Control Contributivo del RENATRE efectuó una revisión del procedimiento, identificando ciertas dificultades que obstaculizan el proceso destinado a la cancelación de las obligaciones pendientes.

Que, en este marco, el cuerpo directivo en reunión de fecha 21/04/2022, Acta N° 111/22 y habiendo tomado conocimiento de los fundamentos esgrimidos por la Subgerencia de Recaudación y Control Contributivo, resuelve aprobar las modificaciones propuestas.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos y 12° de la Ley N° 25.191.

Que la Gerencia Administrativa, Técnica y Jurídica, la Subgerencia de Recaudación y Control Contributivo y la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del Registro han tomado la intervención que les compete.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Déjese sin efecto el inciso segundo del artículo 4°- Anexo I de la Resolución RENATRE N° 758/22 (B.O. 02/02/2022)

ARTÍCULO 2º.- Modifíquese el artículo 12°- Anexo I de la Resolución RENATRE N° 758/22 (B.O 02/02/2022), el cual quedara redactado de la siguiente manera:

“Artículo 12°.- No podrán acceder a los beneficios del presente PLAN...

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