Resolución 65/2008

Fecha de disposición05 Septiembre 2008
Fecha de publicación05 Septiembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31483

Que en autos han tomado debida intervención la División Aduana de San Juan, la Dirección Regional Aduanera Mendoza y las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras del Interior y Técnico Legal Aduanera de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9°, apartado 2, inciso n) del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º

HABILITAR con carácter provisorio y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a partir del 15 de septiembre de 2008, una ZONA OPERATIVA ADUANERA de SEIS (6) hectáreas dentro del predio de DOCE (12) hectáreas ubicado en la Calle 6 y Maurín (Nomenclatura Catastral N° 05-26-400700), Departamento de Pocito, Provincia de San Juan, en jurisdicción de la Aduana del mismo nombre.

Art. 2°

La Aduana de San Juan dictará el reglamento de funcionamiento.

Art. 3°

Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Mendoza. Remítanse estos actuados a la División Aduana de San Juan para su conocimiento, notificación y aplicación. -- María S. Tirabassi.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Resolución 64/2008

Prórroga de Habilitación Provisoria Muelle de Barcazas. Aduana de San Lorenzo.

Bs. As., 2/9/2008

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12509-4822007 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma LDC Argentina S.A. (CUIT 30-52671272-9) solicita la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº 55/2008 (DGA) para la atención aduanera del muelle para descarga de barcazas de su propiedad, ubicado sobre la margen derecha del Río Coronda, a la altura del kilómetro CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO (464) de la ruta troncal de navegación, en la localidad de Timbúes,

Provincia de Santa Fe, en jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo.

Que se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la habilitación provisoria solicitada, atento estar en trámite la habilitación definitiva del puerto ante la Secretaría de Transporte (Expediente Nº S01:0260159/2007).

Que han tomado la debida intervención la División Aduana de San Lorenzo, la Dirección Regional Aduanera Rosario y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término de TREINTA (30) días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la Resolución Nº 55/08 (DGA).

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º

Prorrogar la habilitación aduanera provisoria otorgada al muelle para descarga de barcazas del Puerto LDC Argentina S.A.

(CUIT 30-52671272-9)...

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