Resolución 2369/2008

Fecha de publicación01 Septiembre 2008
Fecha de disposición01 Septiembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31479

Liquidador de la Ex Obra Social y señaló que la entidad arbitrara los medios necesarios para hacerse cargo de los honorarios y gastos para la continuidad del proceso liquidatorio.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1615/96, 096/06 y 131/06 P.E.N.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1º

DESE por finalizada la designación del Dr. Guillermo J. Bombelli al cargo de Delegado Liquidador de la ex - OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL DE OBRASY SERVICIOS SANITARIOS DE LA NACION, a quien se lo intima para que dentro del plazo de 10 (diez) días, acompañe la documental que obre en su poder y resulte necesaria para concluir las tareas que le fueran encomendadas.

Art. 2º

DESIGNASE al Contador Claudio Gustavo VEGA (LE. Nº 7.629.478) como Delegado Liquidador en la ex - OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS DE LA NACION, quedando a cargo de la OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (R.N.O.S.

1-2760) los honorarios y los gastos que demande la continuidad del proceso liquidatorio.

Art. 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. -- Hector A.

Capaccioli.

Superintendencia de Servicios de Salud OBRAS SOCIALES Resolución 727/2008

Inscríbese a la Obra Social del Personal de Entidades Deportivas y Civiles en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados.

Bs. As., 22/8/2008

VISTO los Decretos Nros. 292/95 y 492/95 PEN, la Resolución Nº 3203/95-ANSSAL y el Expediente Nº 136142/2008-SSSALUD (Cpos 1/2); y CONSIDERANDO:

Que por el Expediente del VISTO la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (RNOS 1-0600) solicita su inscripción en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados, especificando que recibirá solamente a los de origen.

Que al efecto, acompaña copia certificada del Acta Nº 213, de fecha 21/11/07, por la que el Consejo de Administración de OSPEDYC aprueba por unanimidad, la incorporación --a la entidad-- de la citada población beneficiaria.

Que la Gerencia de Control Prestacional se expide, en Providencia Nº 4180/08-GCP/AM, señalando que analizada la documentación acompañada por el Agente del Seguro de Salud, la misma cumple con los requisitos establecidos en el Anexo I de la Resolución Nº 3203/95-ANSSAL.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, sin formular objeciones a lo solicitado.

Que esta Superintendencia comparte el criterio de las áreas técnicas del Organismo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615/96, 96/06 y 131/06 PEN.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbase a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (RNOS 1-0600) en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados, de origen.

Art. 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales y oportunamente archívese. -- Héctor A.

Capaccioli.

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS Resolución 1825/2008

Establécese la unificación bajo una nueva individualización de todos los ejemplares de Documentos Nacionales de Identidad que se expidan, mediante la escala ascendente alfabética.

Bs. As., 27/8/2008

VISTO el Expediente Nº S02:0001674/2008 del registro de esta Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, la Ley Nº 17.671, sus modificatorias y concordantes, sus similares Nº 19.945 y Nº 26.061, la Resolución del Registro Nacional de las Personas Nº 837 del 19 de octubre de 1998 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que es función esencial e insoslayable del Registro Nacional de las Personas...

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