Resolución 995/2008

Fecha de la disposición28 de Agosto de 2008
ARTICULO 2º

Dispónese la extinción del Cupo Fiscal establecido en el Artículo 36 in fine, de la Ley Nº 24.764, que diera lugar a la asignación por parte de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRASY SERVICIOS PUBLICOS del Costo Fiscal Teórico correspondiente al proyecto de la firma.

ARTICULO 3º

Impónese a la firma ESTABLECIMIENTO LAS MARIAS SOCIEDAD ANONIMA,

COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA y AGROPECUARIA --Anexo II del Decreto Nº 1496 de fecha 30 de diciembre de 1997 y Resolución Nº 1518 de fecha 23 de noviembre de 1998 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS el pago de una multa de PESOS DIECINUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO ($ 19.145) según lo dispuesto en el Artículo 17 de la Ley Nº 22.021 y sus modificaciones.

ARTICULO 4º

El pago de la multa deberá efectuarse en el plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, debiéndose hacer efectivo, ante la Dirección General de Administración dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. El solo vencimiento del plazo establecido producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por parte del Fisco conforme el Artículo 18 del Anexo de la Resolución Nº 221 de fecha 15 de agosto de 2003 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 5º

Sirva el presente acto de suficiente título ejecutivo para el cobro de la suma establecida en el Artículo 3º de la presente resolución mediante el correspondiente procedimiento de ejecución fiscal establecido en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, conforme el Artículo 18 del Anexo de la Resolución Nº 221/03 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 6º

Hágase saber a la Dirección General Impositiva dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al Gobierno de la Provincia de CORRIENTES.

ARTICULO 7º

Notifíquese a la firma ESTABLECIMIENTO LAS MARIAS SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA y AGROPECUARIA de la presente resolución, haciéndole saber que contra dicho acto procede el recurso de reconsideración previsto en el Artículo 84 y siguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72, T.O. 1991, el que deberá interponerse dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación.

ARTICULO 8º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- CARLOS R. FERNANDEZ, Ministro de Economía y Producción.

e. 28/08/2008 Nº 7809/08 v. 28/08/2008 SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 33.304 DEL 22/8/2008

EXPTE. Nº 51.001 PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. MEIJOME DIEGO ENRIQUE (MAT. Nº 52.397) A LAS LEYES Nº 20.091 Y 22.400.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº 51.001.

ARTICULO 2º

Disponer la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. MEIJOME, Diego Enrique (matrícula Nº 52.397), hasta tanto comparezca a estar a derecho munido de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma.

ARTICULO 3º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas en los artículos precedentes.

ARTICULO 4º

Regístrese, notifíquese al domicilio...

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