Resolución 420.

Fecha de disposición11 Agosto 2016
Fecha de publicación11 Agosto 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 420/2016

Buenos Aires, 05/08/2016

VISTO la Ley N° 24.804 --Ley Nacional de la Actividad Nuclear--, el Decreto N° 1172/03 de Acceso a la Información Pública, la Resolución N° 67/04 de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN), el Procedimiento Interno G-DIR-02 Revisión 6, la Nota GMyEPR N° 148/16, lo actuado por la Subgerencia Normativa Regulatoria y la Secretaría General, y el Expediente N° 4/14.

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 16 Inciso a) de la Ley N° 24.804 establece, entre las funciones, facultades y obligaciones de la ARN, la de dictar las normas regulatorias referidas a seguridad radiológica y nuclear, protección física y fiscalización del uso de materiales nucleares.

Que el Artículo 3° del Decreto N° 1172/03 aprueba el "Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas" y el "Formulario para la Presentación de Opiniones y Propuestas en el Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas" que como Anexos V y VI respectivamente, forman parte integral del mencionado Decreto.

Que esta ARN ha dictado la Resolución N° 67/04, a través de la cual se instrumentan en el ámbito de la ARN los procedimientos para Audiencias públicas, Elaboración participativa de normas y Acceso a la información pública, implementados de conformidad con lo establecido en el citado Reglamento General, adoptando el correspondiente formulario para la presentación de opiniones y propuestas, además de designar al Sector Normas (Subgerencia Normativa Regulatoria) como responsable de la implementación y puesta en marcha del procedimiento para la elaboración participativa de normas.

Que esta ARN lleva adelante el Procedimiento Interno G-DIR-02 Revisión 6 para elaborar y actualizar las normas.

Que el Directorio de la ARN aprobó la Iniciativa Regulatoria 02/14 para elaborar un proyecto de Revisión 3 de la Norma AR 10.12.1. "Gestión de residuos Radiactivos".

Que la Gerencia Mediciones y Evaluaciones en Protección Radiológica, la Gerencia Seguridad Radiológica, Física y Salvaguardias, la Gerencia Licenciamiento y Control de Reactores Nucleares y la Subgerencia Normativa Regulatoria (SNR) prepararon en conjunto el proyecto de Revisión N° 3 de la Norma AR 10.12.1, que contiene los requisitos de seguridad radiológica que se deben cumplir en la gestión de residuos radiactivos.

Que mediante Nota GMyEPR N° 148/16, la Gerencia Mediciones y Evaluaciones en Protección Radiológica informó que en el proyecto de Revisión N° 3 de la mencionada norma se incorporaron requerimientos que ya fueron aplicados en la fiscalización de las instalaciones generadoras y gestionadora de residuos radiactivos en el país, y que por tanto el texto de la norma es un reordenamiento de la regulación vigente en materia de Residuos Radiactivos en base a la experiencia regulatoria.

Que corresponde promover una efectiva participación ciudadana, institucional o individual, en la definición de los requisitos para la Gestión de los Residuos Radiactivos.

Que el presente acto administrativo se dicta conforme lo establecido en el Artículo 10° del Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas Anexo V del Decreto 1172/03.

Que la Gerencia Mediciones y Evaluaciones en Protección Radiológica, la Gerencia Licenciamiento y Control de Reactores Nucleares, la Gerencia Seguridad Radiológica, Física y Salvaguardias, la Gerencia Asuntos Jurídicos, la Secretaría General y la Subgerencia Normativa Regulatoria, han tomado la intervención que les compete.

Que el Directorio, en función de las atribuciones conferidas por el Artículo 22°, Capítulo II de la Ley 24.804, es competente para dictar la presente Resolución.

Por ello, en su reunión de fecha 27 de julio de 2016 (Acta N° 30)

EL DIRECTORIO

DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°

Declarar la apertura del Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas, en relación con el proyecto de Norma AR 10.12.1 "Gestión de Residuos Radiactivos" Revisión 3 que, como anexo, forma parte integral de esta Resolución.

ARTÍCULO 2°

Invitar a participar en el marco de dicho Procedimiento y del Decreto N° 1172/03 a toda persona física o jurídica, pública o privada.

ARTÍCULO 3°

Establecer que, a los efectos de la instrumentación del Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas, la Subgerencia Normativa Regulatoria es la dependencia competente a la cual el Presidente del Directorio delega la dirección del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas.

ARTÍCULO 4°

Habilitar un Registro para la incorporación de opiniones y propuestas, que funcionará en el Registro Central de la ARN, sito en Avenida del Libertador N° 8250 Oficina 317, 1429 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las que se deberán presentar por escrito --pudiendo acompañar la documentación que estime pertinente-- utilizando el formulario indicado en el Anexo VI del Decreto N° 1172/03, dentro del plazo de veinte (20) días desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina. En dicha sede los interesados podrán tomar vista del expediente.

ARTÍCULO 5°

Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA, a la SUBGERENCIA COMUNICACIÓN y al REGISTRO CENTRAL. Publíquese en el Boletín de este organismo. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial durante DOS (2) días. Incorpórese en el sitio...

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