Resolución 42/2019

Fecha de publicación03 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
undefinedCiudad de Buenos Aires, 29/04/2019

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-21172031- -APN-SECMA#JGM, las Leyes Nros. 25.506 y 27.446, el Decreto N° 182 del 11 de marzo de 2019, la Resolución Nº (RESOL-2016-399-E-APN-MM) del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Resolución de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° (RESOL-2017-116-APN-SECMA#MM) del 15 de diciembre de 2017 y la Resolución Nº (RESOL-2019-38-APN-SECMA#JGM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.

Que la Ley N° 27.446 designó al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 25.506.

Que el Decreto Nº 182/2019, reglamentario de la Ley Nº 25.506 de Firma Digital, estableció el procedimiento que los certificadores deben observar para la obtención de una licencia y detalló la documentación exigida para el cumplimiento de las condiciones estipuladas en la mencionada normativa.

Que el artículo 21 del Anexo del citado Decreto Nº 182/2019 estableció que los certificadores licenciados deben comprobar, por sí o por medio de una Autoridad de Registro que actúe en nombre y por cuenta suya, la identidad y cualquier otro dato de los solicitantes considerado relevante, y que dicha verificación de los datos de identidad debe hacerse de manera presencial, mediante los datos biométricos que determine la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la Resolución Nº (RESOL-2017-116-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA dependiente del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN estableció que a partir del 1° de febrero de 2018 los certificadores licenciados y sus autoridades de registro deberán capturar la fotografía digital del rostro y la huella dactilar de los solicitantes y suscriptores de certificados de firma digital, almacenando la fotografía digital en formato JPEG y la imagen y la minucia de la huella dactilar de acuerdo al estándar ISO/IEC 19794-2.

Que la Resolución Nº (RESOL-2019-38-APN-SECMA#JGM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprobó las “Pautas Técnicas y Procedimientos para...

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