Resolución 925/2008

Fecha de publicación20 Agosto 2008
Fecha de disposición20 Agosto 2008
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31471

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 925/2008

Bs. As., 12/8/2008

VISTO el Expediente Nº 3057/08/INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 297/08/INCAA se creó la Unidad de Monitoreo y Comercialización de los filmes en que el INSTITUTO es cotitular, a fin de efectuar un control amplio y exhaustivo sobre todas las operaciones comerciales que se efectúen con relación a las películas que se realicen bajo esta modalidad, y en las cuales el INSTITUTO, tiene un porcentaje de participación proporcional al aporte efectuado.

Que a fin de cumplir tales objetivos, se estima propicio establecer los procedimientos y aprobar los instrumentos necesarios para el funcionamiento de dicha Unidad.

Que asimismo, corresponde delegar en la titular de la citada Unidad la facultad de suscribir los instrumentos que se aprueban mediante el presente Resolutivo.

Que Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Que las facultades para el dictado de la presente surge de la Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (T.O. Decreto Nº 1248/01).

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Apruébese el modelo de Carta Plegada Abierta con copia en poder del Remitente la cual obra como ANEXO l de la presente; el modelo de la Declaración Jurada de Comercialización, el cual obra como ANEXO ll de la presente; el modelo de la Declaración Jurada de Comercialización Realizada, el cual obra como Anexo Ill de la presente; El modelo de Reconocimiento de deuda - Convenio de Pago el cual obra como ANEXO lV; El modelo de Constancia de verificación de Comercialización la cual obra como ANEXO V y el modelo de Carta documento que obra como ANEXO Vl. Los cuales forman parte integrante e inseparable de la presente Resolución y complementan la Resolución 297/08/INCAA.

ARTICULO 2º

— Delégase en el Gerente de Administración y en la Titular de la Unidad de Monitoreo de Comercialización creada mediante Resolución 297/08/INCAA, la suscripción de los instrumentos aprobado mediante la presente.

ARTICULO 2º

— A los efectos de lo previsto en la cláusula precedente autorícese a dicha funcionaria a suscribir los convenios de pago hasta un máximo de diez cuotas iguales y consecutivas.

ARTICULO 3º

— Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —...

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