Resolución 419/2020

Fecha de publicación13 Mayo 2020
SecciónAsociaciones Sindicales
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 12/05/2020

VISTO el EX-2019-100836228-APN-DNASI#MPYT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390, y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que en fecha 21 de diciembre de 2016 la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL, con domicilio en Bartolomé Mitre 1553 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la aprobación de la modificación parcial de su Estatuto Social, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551, sus modificatorias, y el Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 511 de fecha 6 de agosto de 1962.

Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7° del Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y su reglamentación, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables, sobre normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que en este sentido, la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ha aconsejado la aprobación de la modificación parcial del Estatuto Social de la entidad, respecto del artículo 77, inciso d).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 23.551 y el artículo 7° del Decreto 467/88.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la modificación parcial del Estatuto Social de la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL con domicilio en Bartolomé Mitre 1553 de la Ciudad Autónoma de Buenos...

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